SAP Barcelona 216/2009, 31 de Marzo de 2009

PonenteAUGUSTO MORALES LIMIA
ECLIES:APB:2009:4112
Número de Recurso2/2007
ProcedimientoSUMARIO
Número de Resolución216/2009
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL BARCELONA

SECCION QUINTA

Rollo nº 2/2007

Juzgado de Instrucción nº 3 de Manresa

Sumario nº 1/2005

SENTENCIA Nº

Iltmos. Srs.:

Presidente: Dª Elena Guindulain Oliveras

Magistrados:

Dª Beatriz Grande Pesquero

  1. Augusto Morales Limia

En la ciudad de Barcelona, a treinta y uno de marzo del año dos mil nueve.

Vista en juicio oral ante la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial de Barcelona la presenta causa arriba referenciada, seguida por los delitos de incendio doloso en grado de tentativa, delito de homicidio intentado, delitos de amenazas y delito de allanamiento de morada en grado de tentativa.

Ha sido ponente el Iltmo. don Augusto Morales Limia que expresa parecer de la Sala.

Ha sido parte el Ministerio Fiscal, representado por el Iltmo. don Juan Baratech.

Ha actuado como Acusación particular don Gines, representado por la Procuradora Sra. Pereira Mañas y asistido de Letrado Sr. Arauzo Palacios.

Fueron procesados:

  1. - Luciano, hijo de Vicente y Soledad, nacido el día 27 de junio de 1978 en Sant Vicenç de Castellet, con DNI nº NUM000, con último domicilio conocido en Manresa, calle DIRECCION000, NUM001, NUM001, NUM002, que estuvo privado cautelarmente de libertad por esta causa en los términos que constan documentados en la misma, representado por Procurador Sr. Lecumberri Torrea y asistido del Letrado Sr. Deosdad Crespo.

  2. - Sixto, hijo de Francisco y de María, nacido el día 30 de noviembre de 1974 en Sant Vicenç de Castellet, con DNI nº NUM003, con último domicilio conocido en Manresa, calle DIRECCION001, NUM004

    , NUM005, que estuvo privado cautelarmente de libertad por esta causa en los términos que constan documentados en la misma, representado por Procurador Sr. Díaz Falo y asistido del Letrado Sr. Deosdad Crespo.

  3. - Pedro Jesús, hijo de Antonio y de Amparo, nacido el día 3 de julio de 1978 en Castellbell i el Villar, con DNI nº NUM006, con último domicilio conocido en Castellbell i el Villar, calle DIRECCION002, nº NUM007, que estuvo privado cautelarmente de libertad por esta causa en los términos que constan documentados en la misma, representado por Procurador Sr. Puig Serra Santacana y asistido del Letrado Sr. Deosdad Crespo.

  4. - Edmundo, hijo de Juan y de Juana, nacido el día 2 de noviembre de 1979 en Sant Vicenç de Castellet, con DNI nº NUM008, con último domicilio conocido en Sant Vicenç de Castellet, calle DIRECCION003, NUM009, que estuvo privado cautelarmente de libertad por esta causa en los términos que constan documentados en la misma, representado por Procurador Sr. Lecumberri Torrea y asistido del Letrado Sr. Figuera Albet.

  5. - Jacinto, hijo de Cecilio y de Luisa, nacido el día 15 de mayo de 1981 en Barcelona, con DNI nº NUM010, con último domicilio conocido en Monistrol de Montserrat (Barcelona), que estuvo privado cautelarmente de libertad por esta causa en los términos que constan documentados en la misma, representado por Procurador Sr. Fernández Anguera y asistido del Letrado Sr. Tarragó Moncho.

  6. - Pio, hijo de José y de Antonia, nacido el día 18 de diciembre de 1982 en Sant Vicenç, de Castellet, con DNI nº NUM011, con último domicilio conocido en Sant Vicenç de Castellet, que estuvo privado cautelarmente de libertad por esta causa en los términos que constan documentados en la misma, representado por Procurador Sr. Grasa Fabrega y asistido de la Letrada Sra. Clusellas Rius.

  7. - Juan Carlos, hijo de Daniel y de Isabel, nacido el día 5 de octubre de 1983 en Barcelona, con DNI nº NUM012, con último domicilio conocido en Pont de Vilomara, calle Arquitecto Gaudí, que estuvo privado cautelarmente de libertad por esta causa en los términos que constan documentados en la misma, representado por Procuradora Sra. de Miquel Balmes y asistido del Letrado sr. Deosdad Crespo.

  8. - Efrain, hijo de José y de Josefa, nacido el día 6 de junio de 1984 en Plasencia, con DNI nº NUM013, con último domicilio conocido en Manresa, calle DIRECCION004, núm NUM014, piso NUM001, puerta NUM005, que estuvo privado cautelarmente de libertad por esta causa en los términos que constan documentados en la misma, representado por Procuradora Sra. de Manuel Tomás y asistido del Letrado Sr. Cots Argelague.

  9. - Jeronimo, hijo de Agustín y de María Pilar, nacido el día 4 de enero de 1982 en Manresa, con DNI nº NUM015, con último domicilio conocido en Manresa, calle DIRECCION005, NUM016, NUM001, NUM001, que estuvo privado cautelarmente de libertad por esta causa en los términos que constan documentados en la misma, representado por Procurador Sr. Ranera Cahis y asistido del Letrado Sr. Masfret Pusó.

  10. - Santiago, hijo de Pedro Antonio y de María, nacido el día 12 de agosto de 1977 en Manresa, con DNI nº NUM017, con último domicilio conocido en Navarcles, calle DIRECCION006, NUM018, que estuvo privado cautelarmente de libertad por esta causa en los términos que constan documentados en la misma, representado por Procuradora Sra. Julibert Amargos y asistido del Letrado Sr. Cots Argelague.

  11. - Alejandro, hijo de Juan y Tomasa, nacido el día 11 de abril de 1981 en Manresa, con DNI nº NUM019, con último domicilio conocido en Sant Vicenç de Castellet, calle DIRECCION007, NUM020, NUM021, NUM005, que estuvo privado cautelarmente de libertad por esta causa en los términos que constan documentados en la misma, representado por Procuradora Sra. Guasch Sastre y asistido de la Letrada Sra. González Pont.

  12. - Eugenio, hijo de José y de María Dolores, nacido el día 30 de abril de 1982 en Castelbell i el Villar, con DNI nº NUM022, con último domicilio conocido en Castelbell i El Villar, calle DIRECCION008, NUM023, NUM005, NUM005, que estuvo privado cautelarmente de libertad por esta causa en los términos que constan documentados en la misma, representado por Procuradora Sra. Moscatel Vivet y asistido del Letrado Sr. Gusi Soler.

  13. - Martin, hijo de Arturo y María del Rocío, nacido el día 19 de marzo de 1984 en Castelbell y El Villar, con DNI nº NUM024, con último domicilio conocido en Borrás, DIRECCION008, nº NUM025, que estuvo privado cautelarmente de libertad por esta causa en los términos que constan documentados en la misma, representado por Procurador Sr. Arcas Hernández y asistido del Letrada Sra. Badía Moreno. 14.- Marcelina (también designada en este procedimiento como María del Pilar, aunque en una partida del Registro Civil unida a autos se acredita que sus verdaderos apellidos son Marcelina ), hija de Jaime y María Luz, nacida el día 15 de junio de 1979 en Sant Vicenç de Castellet, con DNI nº NUM026, con último domicilio conocido en Manresa, calle DIRECCION000, NUM001, NUM001, NUM002, que estuvo privada cautelarmente de libertad por esta causa en los términos que constan documentados en la misma, representada por Procurador Sr. Grasa Fábrega y asistido del Letrado Sr. Deosdad Crespo.

  14. - Blas, hijo de Miguel y Ana María, nacido el día 6 de febrero de 1983 en Barcelona, con DNI nº NUM027, con último domicilio conocido en Terrassa, calle DIRECCION009, nº NUM028, piso NUM021, que estuvo privado cautelarmente de libertad por esta causa en los términos que constan documentados en la misma, representado por Procuradora Sra. Cebrián Palacios y asistido del Letrado Sr. González Blesa.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Conforme a las normas de reparto aprobadas en su día por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia correspondió a esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Barcelona el enjuiciamiento y fallo del procedimiento por los al principio reseñados.

Segundo

Previos los trámites legales oportunos, se convocó a las partes a juicio oral, que se celebró el día señalado, y a cuyo acto comparecieron quienes se relacionan en el acta del juicio; todo ello bajo la fe pública judicial.

Tercero

El Ministerio Fiscal, en su escrito de conclusiones definitivas, calificó los hechos relatados en su conclusión 1ª así:

  1. - Los hechos previstos en el apartado A de su escrito, constitutivos de un delito de amenazas del artículo 169.2 del Código penal .

    Los hechos previstos en el apartado B, constitutivos de un delito de incendio en grado de tentativa de los artículos 351 y 62 del Código Penal .

    Los hechos previstos en el apartado C, constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa de los artículos 138 Y 62 del Código Penal .

  2. - Del delito de homicidio en grado de tentativa, entendió que respondían en concepto de autores, artículos 27 y 28 C. Penal, los acusados Luciano, Sixto, Pedro Jesús, Pio, Efrain, Jeronimo e Santiago .

    Del delito de incendio, debían responder en concepto de autores, artículos 27 y 28 C. Penal, los procesados Luciano, Sixto y Pedro Jesús .

    Del delito de amenazas debían responder en concepto de autores, artículos 27 y 28 C. Penal, todos los procesados, Luciano, Sixto, Pedro Jesús, Edmundo, Jacinto, Pio, Juan Carlos, Efrain, Jeronimo, Santiago, y María del Pilar .

  3. - Respecto del delito de homicidio entendió que concurrían las agravantes de abuso de superioridad (art. 22.2 C. Penal ) y cometer los hechos por motivos racistas (art. 22.4 C. Penal ).

    Respecto del delito de incendio, entendió que concurría la agravante de cometer los hechos por motivos racistas (art. 22.4 C. Penal ).

    Respecto del delito de amenazas, entendió que concurría la agravante de cometer los hechos por motivos racistas (art. 22.4 C. Penal ).

  4. - Y...

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