SAP Zaragoza 135/2004, 2 de Marzo de 2004

PonenteFRANCISCO ACIN GAROS
ECLIES:APZ:2004:507
Número de Recurso135/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución135/2004
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª

SENTENCIA NÚMERO: 135/04

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Iltmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. Julián Carlos Arqué Bescós

MAGISTRADOS

D. Francisco Acín Garós

Dª. María Elia Mata Albert

Zaragoza, a dos de Marzo de dos mil cuatro.

Visto por la Sección Segunda de ésta Audiencia Provincial el recurso de apelación

interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del

Juzgado de Primera Instancia nº 13, de los de Zaragoza, en el juicio ordinario nº 975/02, rollo

474/03, sobre reclamación de cantidad, en el que es apelante "NORTEÑA DE CONSTRUCCIONES

S.A." (NORCONSA), con domicilio en C/ Padre Polanco 36, bajos, Zaragoza, representada por el

Procurador D. Juan Carlos Jiménez Giménez y dirigida por el Letrado D. José Pajares Echevarria, y

apelada "PROYECTOS DORNOCH 3000 S.L.", con domicilio en La Canonja (Tarragona),

representada por la Procuradora Dª Eva Delgado López y dirigida por el Letrado D. Manuel

Aguilar Borge, y

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los que figuran en la sentencia apelada, y

PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 13, de los de Zaragoza, se dictó el 30 mayo 2003 sentencia que contenía el siguiente fallo: "Estimando la demanda interpuesta por "Proyectos Dornoch 3000 S.L." contra "Norteña de Construcciones S.A." (Norconsa) debo condenar y condeno a esta ultima a satisfacer a la parte actora la cantidad de 22.586,19 euros, mas los intereses legales desde la interposición de la demanda hasta su total pago y las costas procesales causadas". SEGUNDO.- La representación de la parte demandada presentó escrito de preparación del recurso de apelación y, dentro del termino del emplazamiento, escrito de interposición, en el que solicitó se dicte sentencia por la que se revoque la recurrida y, desestimándose la demanda, se le absuelva de todos sus pedimentos, con imposición a la actora de las costas causadas, y, subsidiariamente, caso de estimarse el recurso, no se haga especial pronunciamiento sobre costas; y dado traslado del recurso a la parte actora, dentro del termino de su emplazamiento presentó escrito de oposición, en el que solicitó la desestimación del recurso con imposición de costas al apelante.

TERCERO

Remitidos los autos a esta Sala, no aportados nuevos documentos ni propuesto prueba, ni considerado necesaria la celebración de vista, se señaló para votación y fallo el día 17 febrero 2004.

CUARTO

En la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales, a excepción de que no se ha podido cumplimentar el plazo al que se refiere el art 465 LEC.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Francisco Acín Garós.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La cláusula sexta del contrato que el 21-2-2001 suscribieron "Norteña de Construcciones S.A." (en adelante "Norconsa") y "Proyectos Dornoch 3000 S.L." (en adelante "Dornoch"), que tenia por objeto la realización por la segunda de la estructura de 150 apartamentos en el Paseo Marítimo 2-18 de "Miami Playa", en Mont-Roig del Camp (Tarragona), señalaba, tras contemplar el tiempo en que la segunda debía entregar mensualmente a la primera una relación valorada de la obra ejecutada, para su posterior aprobación por la contratante y final emisión por el industrial de la factura correspondiente a la obra certificada, que en cada certificación "Norconsa" practicaría, como practicó, "una retención del 5% de su importe como garantía de la buena ejecución de la obra, que le será devuelta al industrial en el momento en que se produzca la recepción de la obra". Finalizada y entregada la obra, en la que "Norconsa" nunca cuestionó la bondad de su ejecución y pagó las cantidades certificadas mensualmente después de que la dirección facultativa revisase y encontrase conformes...

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