SAP Las Palmas 6/2004, 19 de Enero de 2004

PonenteJOSE ANTONIO MARTIN MARTIN
ECLIES:APGC:2004:187
Número de Recurso40/1999
Número de Resolución6/2004
Fecha de Resolución19 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 1ª

SENTENCIA

Iltmos. Sres.

D./Dª. José Antonio Martín y Martín (Presidente)

D./Dª. María Oliva Morillo Ballesteros (Magistrado)

D./Dª. José Luis Goizueta Adame (Magistrado)

En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de enero de 2004 .

VISTA en juicio oral y público, ante la Audiencia Provincial Sección Primera de esta Audiencia Provincial la causa instruida con el número 1/1999, procedente del Juzgado de Instrucción núm. Seis de Las Palmas, seguida por el trámite de Procedimiento Ordinario por delito contra la Salud Pública, siendo acusados Raúl, con D.N.I NUM000, nacido el 10 de diciembre de 1955 en Santa Cruz de Tenerife, hijo de José Luis y de Magdalena, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, y en libertad provisional por esta causa desde el 26 de noviembre de 1997 a las 10 de febrero de 1998, estando representado por la Procuradora Sra. Monche Gil y defendido por el Letrado D. José Manuel Santana Hernández; Soledad, con D.N.I. NUM001, nacido el 18 de octubre de 1956 en Las Palmas, hijo de Ismael y de Andrea, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta y en libertad provisional por esta causa desde el 26 de noviembre de 1997 hasta el 17 de febrero de 1998, estando representado por el Procurador Sr. Hernández Peñate y defendido por el Letrado D. Armando Nicolás Martín Bueno; Abelardo

, con D.N.I. NUM002, nacido el 25 de octubre de 1974 en Las Palmas, hijo de Emilio y de Soledad, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, y en libertad provisional por esta causa desde el 26 de noviembre de 1974 hasta el 17 de febrero de 1998, estando representado por el Procurador Sr. Hernández Peñate y defendido por el Letrado D. Armando Nicolás Martín Bueno; Jesús María, con D.N.I. NUM003, nacido el 31 de Diciembre de 1971 en Las Palmas, hijo de Severo y de María del Pilar, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, y en libertad provisional por esta causa desde el 12 de noviembre de 1997 hasta el 18 de Febrero de 1,998, estando representado por el Procurador Sr. Sintes Sánchez y defendido por el Letrado D. Armando Nicolás Martín Bueno; Jesús Carlos, con D.N.I. NUM004, nacido el 4 de marzo de 1974 en Santa María de Guía, hijo de Juan y de Lourdes, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, y en libertad provisional por esta causa desde el 26 de noviembre de 1997 hasta el 10 de febrero de 1998, estando representado por el Procurador Sr. Hernández Peñate y defendido por el Letrado D. Armando Nicolás Martín Bueno; Jose Antonio, con D.N.I. NUM005, nacido el 5 de Octubre de 1965 en Sevilla, hijo de Lázaro y de María Cristina, con instrucción sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, y en libertad provisional por esta causa desde el 12 de noviembre de 1997 hasta el 17 de febrero de 1998, estando representado por el Procurador Sr.

Sintes Sánchez y defendido por el Letrado D. Armando Nicolás Martín Bueno, Ernesto, con D.N.I. NUM006, nacido el 14 de octubre de 1953 en Las Palmas, hijo de Adolfo y de Esther, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, y en libertad provisional por esta causa desde el 2 de febrero de 1998 hasta el 15 de abril de 1998, estando representado por la Procuradora Sra. Kozlowski y defendido por el Letrado D. Carlos Quintana Guerra, Luis Angel, con D.N.I. número NUM007, nacido el 12 de Abril de 1960 en Las Palmas, hijo de José y de María, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, y en libertad provisional estando representado por la Procuradora Sra. Ramírez Jiménez y defendido por el Letrado D. Juan Ignacio Ortiz de Urbina Pino; parte acusadora el Ministerio Fiscal y ponente el Iltmo/a Sr./a D./Dña. José Antonio Martín y Martín.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

En fecha 12 de noviembre del pasado año 1997 los procesados Jose Antonio y Jesús María, mayores de edad y sin antecedentes penales, fueron detenidos por Funcionarios de la Policía portando el primero Jose Antonio, portando 294 gramos de cocaína con pureza del 51,7% y 712.000 ptas. y el segundo Jesús María, 63,500 gramos de cocaína con pureza del 63,6%, 1,500 gramos de la misma sustancia con pureza del 62,2%, una báscula de precisión y 550.000 ptas., sustancia que destinaban a terceras personas tras haberle sido entregada momentos antes por el también procesado Abelardo, mayor de edad y tampoco con antecedentes penales, el que juntamente con el igualmente procesado Jesús Carlos

, mayor de edad y sin antecedentes penales la distribuían tras recibirla de la madre de dicho Abelardo, la asimismo procesada Soledad, mayor de edad y carente también de antecedentes penales.

SEGUNDO

Días después, concretamente el 26 del propio mes de noviembre de 1999, el procesado Raúl, mayor de edad y condenado a doce años de prisión por delito contra la salud pública en sentencia firme de 28-04-94, juntamente con otro procesado actualmente en rebeldía, yendo en el turismo DM-....-DM se desplazaron a la calle Concejal García Feo de esta capital, donde dicho procesado se apeó del vehículo y entregó a la anteriormente nombrada que lo aguardaba Soledad, 2.927´80 gramos de cocaína y riqueza del 67´6%, para continuar luego los dos aludidos hacía la Avenida Ansite donde les esperaba otro procesado, también actualmente en rebeldía, con quien el referido Raúl, volvió a hacer lo mismo, entregándole similar cantidad de cocaína, exactamente 2.949´900 gramos con pureza de 70´4%, siendo detenidos todos ellos por Funcionarios de la Policía, que intervinieron al primer ausente 6.012´400 gramos de similar sustancia, con pureza de 72´5%, a Raúl 270.000 ptas y un teléfono móvil y a la aludida Soledad

1.187 ptas y 3,320 gramos de cocaína con pureza del 64%.

TERCERO

En fecha dos de Febrero de 1998, se procedió al registro de un trastero con plaza de garaje, existente en el sótano del inmueble número NUM008 - NUM009 de la AVENIDA000, que lleva el níumero NUM010, propiedad de Carmen que lo había arrendado al vecino del inmueble, el también procesado Ernesto, y a instancia de la persona para la que el mismo había trabajado en ventas de pescado, el igualmente procesado Luis Angel, ambos mayores de edad y sin antecedentes penales, con la finalidad de ser utilizado por otra persona que en este momento no se enjuicia para guardar objetos de su trabajo de plásticos, donde Funcionarios Policiales ocuparon la cantidad de 100´830 kilogramos de hachís, que ese último guardaba allí con similar propósito de distribución y negocio, sin que conste probado que los aludidos Ernesto y Luis Angel hayan utilizado dicho trastero ni tuvieran noticia o relación con lo allí guardado como tampoco con los hechos narrados en los anteriores apartados.

CUARTO

Provistos de los correspondientes mandamiento se llevaron a cabo registros domiciliarios con el siguiente resultado En el domicilio de Soledad, también habitado por el acusado Abelardo, sito en la C/ DIRECCION000 NUM011, NUM012 - NUM013 se hallaron 490.000 pts y una báscula de precisión. En el domicilio de Raúl, sito en C/ DIRECCION001 NUM014, escalera NUM015, NUM016 - NUM017 185.000 ptas, un pocket del CNP y 2 scaners.

QUINTO

El dinero intervenido y los bienes incautados que quedan descritos proceden o estaban destinados a la ilícita actividad desarrollada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 3 y 12 de diciembre de 2003 ha tenido lugar en la Sala de Vistas de esta Audiencia Provincial el juicio oral y público de la causa antes descrita, con asistencia de los procesados.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones provisionales calificó los hechos como constitutivos de: A- Un delito contra la Salud Pública en modalidad de sustancia que causa grave daño a la salud,de conformidad con los artículos 368 y 374 del Código Penal.

B- Un...

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