SAP Valencia 432/2003, 14 de Junio de 2003

PonenteVICENTE ORTEGA LLORCA
ECLIES:APV:2003:3890
Número de Recurso282/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución432/2003
Fecha de Resolución14 de Junio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 6ª

PODER JUDICIAL

Audiencia Provincial

de Valencia

Sección Sexta

ROLLO nº 282/2003

SENTENCIA nº 432

ILUSTRÍSIMOS

PRESIDENTE

Don Vicente Ortega Llorca

MAGISTRADAS

Doña Purificación Martorell Zulueta

Doña Olga Casas Herráiz

En la ciudad de Valencia, a 14 de junio de 2003.

La Sección sexta de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por el señor y las señoras del margen, ha visto el presente recurso de apelación, interpuesto contra la sentencia de fecha 2 de diciembre de 2002, recaída en autos de juicio verbal nº 954 de 2002, tramitados por el Juzgado de Primera Instancia nº 11 de los de Valencia, sobre reclamación de indemnización de daños y perjuicios.

Han sido partes en el recurso, como apelante, la demandada IBERDROLA, representada por el Procurador D. Onofre.Marmanéu Laguía y asistida del letrado D. Carlos Pineda Nebot, y, como apelada, la demandante AEGON SEGUROS, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. María José García Cervera y asistida del letrado D. Rafael Casaban Ayala.

Es Ponente Don Vicente Ortega Llorca, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada dice: >

SEGUNDO

La parte demandada interpuso recurso de apelación, alegando, en síntesis, que: 1. En la demanda se dice: "En fecha 27 de junio de 2.001, se produjeron continuas oscilaciones, variaciones de la tensión eléctrica, consecuencia de numerosos y constantes cortes del suministro eléctrico ... que afectó a numerosas viviendas y bajos comerciales de la localidad de Gandia, entre ellos a la vivienda asegurada en Aegon".

El juez a quo alega que los daños provienen de las averías de los días 25 y 26 de Junio.

Los recortes del periódico El Levante, aportados por el actor a su demanda como Doc. 2, acreditan que la avería del 27 de junio de 2.001 (noche del miércoles al jueves) fue como consecuencia de un incendio en el centro de transformación de la Plaza Rei Jaume I, y afectó únicamente al centro histórico de Gandia no a la vivienda asegurada de la actora que se encuentra a las afueras de Gandia en la C/ DIRECCION000 . Las averías de los días 25 y 26 de junio tampoco pudieron afectar a la asegurada de la actora, ya que la incidencia del día 25 (lunes) también afectó al centro histórico y la incidencia del 26 (martes) afecto a un polígono industrial.

IBERDROLA contestó a la reclamación extrajudicial mediante carta de 22 de octubre de 2.001, Doc. 9 de la demanda, en la que manifestaba que en 27/6/01 no se registró ninguna incidencia que pudiera afectar a su asegurada.

No existe relación de causalidad entre los daños alegados y la avería del día 27 de junio, no siendo suficientes las simples conjeturas, o la existencia de datos fácticos que por una mera coincidencia induzcan a pensar en una posible interrelación de esos acontecimientos, y sin que la necesidad de justificar la relación de causalidad quede desvirtuada por la aplicación de la teoría del riesgo o inversión de la carga de la prueba

  1. La única prueba aportada de contrario es un informe pericial realizado un mes después de ocurridos los hechos (el 27/7/2001), evidentemente un mes después el perito no puede afirmar que los daños sean consecuencia del incendio del día 27.

La asegurada de la actora D. Regina no acudió a testificar, con lo cual no existe prueba de los supuestos daños.

Si de contrario se manifiesta que dicha incidencia afectó a muchos vecinos de la zona, podía haber aportado algún testigo que lo acreditara cosa que no ha hecho.

La Ley de Defensa de los Consumidores y Usuarios Ley 26/84 de 19 de julio no es de aplicación a la demandante, que es una aseguradora no un perjudicado por el siniestro ( artículo 1 de la citada Ley ). Por lo tanto, la aplicación de inversión de la carga de la prueba recogida en su artículo 28, y la...

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