SAP Córdoba 91/2003, 7 de Abril de 2003
Ponente | ANTONIO JIMENEZ VELASCO |
ECLI | ES:APCO:2003:588 |
Número de Recurso | 25/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 91/2003 |
Fecha de Resolución | 7 de Abril de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Córdoba, Sección 2ª |
SENTENCIA Nº 91/03
AUDIENCIA PROVINCIAL CÓRDOBA
SECCIÓN SEGUNDA
PRESIDENTE
D. ANTONIO PUEBLA POVEDANO
MAGISTRADOS
D. JUAN RAMÓN BERDUGO GÓMEZ DE LA TORRE
D. ANTONIO JIMÉNEZ VELASCO
APELACIÓN CIVIL
ROLLO 25/03
AUTOS 186/02
JUICIO VERBAL
JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 2 DE POSADAS
En Córdoba a siete de Abril de dos mil tres.
Vistos por esta Sala los autos de juicio Verbal nº 186/02 seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Posadas, entre ENDESA DISTRIBUCION ELECTRICA, representado por el procurador Sr. De la Rosa Pareja, y asistido del letrado Sr.Molina Ruiz del Portal, contra WINTERTHUR SEGUROS, representado por el Procurador/a Sr./a.Almenara Angulo y asistido del letrado Sr./a.Sánchez Aroca pendientes ante esta sala en virtud del recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada en estos autos. Siendo Ponente el Ilmo. Sr DON ANTONIO JIMÉNEZ VELASCO, quien expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los de la sentencia apelada. Primero.- Seguido el juicio en todos sus trámites se dictó sentencia por el Magistrado- Juez, cuya parte dispositiva dice:, Que debiendo estimar y estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Almenara Angulo, en nombre y representación de Winterthur Seguros, frente a compañía sevillana de electricidad SA, debo condenar y condeno a esta a abonar a Winterthur Seguros la cantidad de 386,09 euros más los intereses legales y las costas del presente procedimiento." Segundo.- Contra dicha resolución, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por Endesa Distribución Electrica, siendo parte apelada Winterthur Seguros y, recibidos los autos en esta Audiencia, se les dio el trámite establecido en la ley, estándose en el caso de dictar sentencia. Tercero.- En la tramitación de ambas instancias, se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada.
Las tres Secciones de esta Audiencia Provincial se han pronunciado al efecto en el sentido de atribuir la responsabilidad de lo ocurrido a la Compañía Suministradora de electricidad. Se han producido unos daños en un televisor y en un ordenador y el mismo representante de la compañía suministradora reconoce que aquel día se produjo una interrupción en el suministro eléctrico de Palma del Río con la correspondiente retirada o ida del suministro lo que llevó consigo una subida de tensión y el...
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