SAP Zaragoza 26/2003, 17 de Enero de 2003

PonenteJAVIER SEOANE PRADO
ECLIES:APZ:2003:124
Número de Recurso335/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución26/2003
Fecha de Resolución17 de Enero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª

SENTENCIA NUMERO VEINTISEIS

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. José J. Solchaga Loitegui

Magistrados:

D. Javier Seoane Prado

D. Eduardo Navarro Peña

En la Ciudad de Zaragoza a diecisiete de Enero de dos mil tres.

En nombre de S.M. el Rey

VISTOS por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen los recursos de apelación interpuestos contra la Sentencia dictada en fecha 20 de marzo de

2.002 por el Juzgado de Primera Instancia Número cuatro de Zaragoza, en autos de procedimiento ordinario seguidos con el número 534/01, sobre reclamación de cantidad, de que dimana el presente rollo de apelación numero 335/02 en el que han sido partes, apelantes, la demandante MORMARE ARAGON, S.L. representada por la Procuradora Dª Yolanda Martínez Chamarro y asistida el Letrado D. José Javier Ondiviela Palos, y los demandados D. Marcelino y PREVISION ESPAÑOLA DE SEGUROS representados por la Procuradora Dª María Luisa Hueto Saez y asistidos del Letrado D. Jesús Pérez Santander Caballero siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Javier Seoane Prado que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que estimando en parte la demanda interpuesta por el Procurador Sra. Martinez Chamorro en representación de MORMARE ARAGONS S.L. contra D. Marcelino y PREVISION ESPAÑOLA DE SEGUROS debo condenar y condeno a los demandados a que abonen solidariamente a la actora la cantidad de 500.000 ptas. (3.005,06 euros), mas los intereses legales, que en el caso de la aseguradora demandada serán incrementados en un 50% desde la fecha del siniestro. Sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas."

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por las representaciones procesales de la demandante MORMARE ARAGON, S.L y los demandados D. Marcelino y PREVISION ESPAÑOLA DE SEGUROS., se interpusieron en tiempo y forma contra la misma sendos recursos de apelación. Dado traslado a las partes formularon oposición a los respectivos recursos remitiéndose los autos originales a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta.

TERCERO

Recibidos los autos, formado el correspondiente rollo, sin celebración de Vista, se señaló para deliberación y votación el día 16 de enero del presente año en que tuvo lugar.

CUARTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la resolución recurrida en tanto no se opongan a los de la presente resolución y

PRIMERO

Al igual que en primera instancia, el objeto de discusión en esta alzada se halla constituido por el importe que corresponde a la actora, Normare Aragón SL, como indemnización de los perjuicios sufridos a consecuencia del accidente de tráfico sufrido por su automóvil furgoneta matrícula Z 5736 BH, que dedica a taller ambulante, a las 14-55 horas del día 4- 9-2000, cuya responsabilidad es atribuida sin disputa al conductor del vehículo matrícula Q .... E, D. Marcelino . A consecuencia del siniestro el vehículo de la actora estuvo paralizado desde el 4 de septiembre de 2000 hasta el día 8 de enero de 2001.

La actora reclamaba:

295.652 ptas. que se corresponden a las cuatro cuotas del contrato de arrendamiento financiero que concertó para hacerse con la furgoneta que se corresponden con la paralización del vehículo

26.261 ptas. por las primas que hubo de pagar por el aseguramiento del vehículo durante el tiempo que estuvo paralizado

4.690 ptas. por la proporción correspondiente del Impuesto de Tracción Mecánica.

500.000 ptas. por la imposibilidad de utilización del vehículo para el ejercicio de su actividad, que hubo de ser desarrollada con vehículos particulares con las consiguientes incomodidades.

Igualmente reclamaba el interés señalado en el...

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