SAP Barcelona, 20 de Diciembre de 2002

PonenteLUIS GARRIDO ESPA
ECLIES:APB:2002:13004
Número de Recurso654/2000
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN DÉCIMO-QUINTA

ROLLO n° 654/2000-1ª

JUICIO DE MENOR CUANTIA N°. 276/1999

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N°. 36 DE BARCELONA

SENTENCIA núm.

Ilmos. Sres. Magistrados

D. LUIS GARRIDO ESPA

D. JORDI LLUIS FORGAS FOLCH

Dª. ESPERANZA GINEBRA MÓLINS

En Barcelona a veinte de Diciembre de dos mil dos.

Vistos en grado de apelación ante la Sección Quince de esta Audiencia Provincial los presentes autos de juicio de menor cuantía seguidos con el n°. 276/1999 ante el Juzgado de Primera Instancia n° 36 de Barcelona, a instancia de SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES (SGAE), ACTORES INTÉRPRETES SOCIEDAD DE GESTIÓN DE ESPALA (AISGE), ARTISTAS, INTÉRPRETES O EJECUTANTES SOCIEDAD DE GESTIÓN DE ESPAÑA (AIE), CENTRO ESPAÑOL DE DERECHOS REPROGRÁFICOS (CEDRO) ENTIDAD DE GESTIÓN DE DERECHOS DE LOS PRODUCTORES AUDIOVISUALES (EGEDA), ASOCIACIÓN DE GESTIÓN DE DÉRECHOS INTELECTUALES (AGEDI) y VISUAL ENTIDAD DE GESTIÓN DE ARTISTAS PLÁSTICOS (VEGAP), representadas por el procurador D. Carlos Testor Ibars y bajo la dirección del Letrado D. Albert López Vicente, contra GRUP GOM S.A., representada, por la procuradora Dª. Carlota Pascuet Soler y asistida de Letrado, que penden ante esta Sala por virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la parte demandada contra la sentencia dictada por dicho Juzgado el día 10 de junio de 2000:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Carlos Testor Ibars, procurador de los Tribunales y de la Sociedad General de Autores de España y otros contra GRUPO COM S.A., representada por la procuradora de los Tribunales Dª. Carlota Pascuet Soler; debo declarar y declaro que la entidad demandada está obligada a permitir el control por las demandantes de las operaciones sometidas a la remuneración por copia privada, facilitando todos los datos y documentación necesaria; y en consecuencia debo condenar y condeno a la entidad demandada a que ponga a disposición de las demandantes la documentación que se indica en el suplico de la demanda y al pago, en su caso, de la cantidad que se determine en ejecución de sentencia conforme a los parámetros que se indican en el Fundamento Segundo de esta sentencia. Todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos conforme a la LEC de aplicación, siendo emplazadas las partes para comparecer ante esta Audiencia.

TERCERO

Recibidos los autos originales y formado en la Sala el Rollo correspondiente, se procedió al señalamiento de día para la vista.

Es ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS GARRIDO ESPA .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia apelada condenó a la demandada GRUP GOM S.A. a permitir el control o fiscalización, por las entidades de gestión demandantes, de las operaciones sometidas...

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