SAP Barcelona, 5 de Mayo de 2000

PonenteJUAN BAUTISTA CREMADES MORANT
ECLIES:APB:2000:5673
Número de Recurso1154/1998
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCION TRECE

ROLLO Nº 1154/98

JUICIO DE COGNICIÓN Nº 54/95

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 5 DE GRANOLLERS

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D. JOAN CREMADES MORANT

Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPÍN

D. JUAN MARINÉ SABÉ

En la ciudad de Barcelona, a cinco de mayo de dos mil.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Trece de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de cognición, número 54/95 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Granollers

, a instancia de Dª. Gema asistida del Letrado D. Francisco Javier García Canela, contra D. Donato asistido de la Letrada Dª Alicia Barbany Cairó; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 15 de Julio de 1997, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Verónica Trullas en nombre y representación de la Dña. Gema contra D. Donato debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que ligaba a ambas partes litigantes respecto de la vivienda en litigio, condenando al demandado a que la deje vácua, libre y expedita a favor de la actora, con expresa imposición de las costas de este procedimiento a dicha parte demandada".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial. Por la representación de la parte demandada se solicitó el recibimiento del pleito a prueba para la práctica de la prueba MAS DOCUMENTAL, y habiendo lugar a las mismas quedaron los autos vistos para sentencia.

TERCERO

Se señaló para la celebración de la vista el día 23 de Marzo de 2.000.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAN CREMADES MORANT.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la Sentencia recurrida.

PRIMERO

Instada la resolución del contrato de arrendamiento de 1-4-1997 sobre la vivienda sita en la C/ DIRECCION000, NUM000 de Granollers, al amparo del arte 114.11 en relación con el artº 62.1ª y 4ª del TRLAU 64, de aplicación al caso por razones de vigencia temporal, por necesitarla la actora para su hija o, alternativamente, ocupar el arrendatario otra...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias
  • STS 280/2011, 26 de Abril de 2011
    • España
    • Tribunal Supremo, sala primera, (Civil)
    • 26 Abril 2011
    ...la resolución del contrato de arrendamiento. Frente al anterior criterio, indica la parte que las sentencias de la Audiencia Provincial de Barcelona, (Sección 13.ª), de 5 de mayo de 2000 y 31 de mayo de 2005 , establecen que debe entenderse por ocupación no sólo aquellos supuestos en que de......
  • SAP Madrid 344/2020, 22 de Octubre de 2020
    • España
    • 22 Octubre 2020
    ...a la posesión mediata, y existe en el supuesto de cesión de la posesión a un familiar por mera liberalidad. Se citan Sentencias de la A.P. Barcelona 5.May.2000 31.May.2005. Prevalece por ello el derecho del propietario que desea recuperar su vivienda, frente al inquilino que dispone de otra......
  • SAP Baleares 498/2013, 27 de Diciembre de 2013
    • España
    • 27 Diciembre 2013
    ...contrario, la resolución del contrato de arrendamiento. Y en sentido contrario, la doctrina de las sentencias de la Audiencia Provincial de Barcelona, (Sección 13.ª), de 5 de mayo de 2000 y 31 de mayo de 2005 ( PROV 2005, 182287), que establece que debe entenderse por ocupación no solo aque......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR