SAP Córdoba 101/2000, 7 de Abril de 2000
Ponente | DIEGO MEDINA MORALES |
ECLI | ES:APCO:2000:576 |
Número de Recurso | 122/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 101/2000 |
Fecha de Resolución | 7 de Abril de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Córdoba, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA
Sección Tercera
N.I.G.14085206210990276
Nº Procedimiento:Apelación Civil 122/2000
Asunto:637/2000
Autos de:Juicio Verbal 276/1999
Juzgado de origen:J. 1ª Instan. Nº 6 Córdoba
Apelante: Fernando, Tomás Y AGF UNION FENIX
Procurador:GONZALEZ SANTA-CRUZ, INES
Abogado:GONZALEZ SANTA CRUZ, AMALIA
Apelado: Ángel (2) y Joaquín (I)
Procurador:LUQUE CALDERON, JESUS y LUQUE ESCRIBANO, MARIA
JOSE
Abogado:HOYAS VALVERDE, JOSE RAMON y CID LUQUE, ANDRES
SENTENCIA Nº 101/2000
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
ILTMO. SR. D. FRANCISCO ANGULO MARTIN
MAGISTRADOS:
ILTMO. SR. D. DIEGO MEDINA MORALES
ILTMO. SR. D. FRANCISCO SANCHEZ ZAMORANO
En Córdoba, a siete de abril de dos mil.
La Sección Tercera de ésta Audiencia ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra autos de juicio verbal número 276/99 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia número seis de Córdoba entre el demandante Don Fernando, representado por la Procuradora Sra. González Santacruz y defendido por la Letrada Sra. González Santacruz, contra Don Joaquín, y la Cía. Zurich representados por la Procuradora Sra. de Luque Escribano, y defendidos por el Letrado Sr. Cid Luque, a cuya demanda se acumularon las interpuestas por el Sr. Joaquín contra D. Tomás que ostentó la misma defensa y representación que el Sr. Fernando ; y la Cía AGF UNION Y EL FENIX con igual defensa y representación, acumulándose también la demanda formulada por Dª Inmaculada representada por la Procuradora Sra. Ramiro Muñoz y dirigida por la Letrada Dª Aurora Sánchez, y acumulando igualmente la demanda formulada por D. Ángel, representado por el Procurador D. Jesús Luque Calderón sobre reclamación de cantidad, pendientes en ésta Sala a virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte actora contra sentencia recaída en los autos, siendo Ponente del recurso el Magistrado Ilmo. Sr. Don DIEGO MEDINA MORALES.
Aceptando los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida y
Que seguido el juicio por sus trámites, se dictó sentencia por el Sr. Juez de Primera Instancia número seis de Córdoba, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que estimando las demandas interpuestas por D. Joaquín, Don Ángel y Dª Inmaculada, contra Don Tomás y la Cía de Seguros AGF Unión y el Fenix, condeno a éstos solidariamente a que abonen al primero, al Sr. Joaquín la cantidad de 442.791 pesetas, al Sr. Ángel en la cantidad de 1.493.680 pesetas, y la Sra. Inmaculada en la cantidad de 270.776. Cantidades que devengarán los intereses legales correspondientes desde ésta resolución para el Sr. Tomás, y los del artículo 20 de la LCS para la aseguradora. Con imposición de las costas procesales a los condenados dichos."
Que contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación D. Fernando, D. Tomás y AGF UNION FENIX.
Que en la tramitación de las dos instancias de este juicio se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los Fundamentos Jurídicos de la Sentencia recurrida y
Impugna el recurrente la Sentencia por estar en disconformidad con la valoración que de la prueba ha realizado el Juez de Instancia, y básicamente en lo que se refiere a la apreciación que éste hace de la prueba testifical. Consideradas pues las alegaciones ésta Sala deberá...
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