SAP Barcelona, 29 de Marzo de 2000
Ponente | JOSE RAMON FERRANDIZ GABRIEL |
ECLI | ES:APB:2000:3981 |
Número de Recurso | 102/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 29 de Marzo de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCION QUINCE
ROLLO N° 102/99
DECLARATIVO MENOR CUANTÍA Nº 208/98
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N° 4 DE RUBÍ
S E N T E N C I A Núm.
Ilmos. Sres.
D. JOSÉ RAMÓN FERRÁNDIZ GABRIEL
D. RAFAEL GIMENO BAYÓN COBOS
D. JOSÉ LUIS CONCEPCIÓN RODRÍGUEZ
En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de marzo de dos mil.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Quince de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Declarativo Menor Cuantía, número 208/98 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia ny 4 de Rubí, a instancia de D. Gaspar representado por la Procuradora Dª. Esther Suñer Ollé y dirigido por la Letrada Dª. Isabel Sanvicente Ribera, contra GERMANS BOADA, S.A., representada por la Procuradora Dª. Mª. Carmen Ribas Buyo, y dirigida por el Letrado D. José Fernando Gallego Jiménez; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 1 de Septiembre de 1.998, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo declarar y declaro haber lugar a la cuestión de competencia por declinatoria planteada por el Procurador D. Raymon Calders Artis en representación de GERMANS BOADA, S.A., declarando el conocimiento de los presentes autos en favor de los Juzgados de Primera Instancia de Barcelona, sin hacer especial imposición en cuanto a las costas.".
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas ambas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 13 de Marzo de 2.000, con el resultado que obra en la precedente diligencia.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ RAMÓN FERRÁNDIZ GABRIEL.
El artículo 523.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, a cuyo tenor en los juicios declarativos las costas de la primera instancia se impondrán a la parte cuyas pretensiones hubieren sido totalmente desestimadas, salvo que el Juez, razonándolo debidamente, aprecie la concurrencia de circunstancias excepcionales que justifiquen su no imposición, establece, como regla general, para la primera instancia de dichos juicios el principio del vencimiento.
Para que esa...
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