SAP Asturias 121/2000, 29 de Febrero de 2000
Ponente | JOSE MARIA ALVAREZ SEIJO |
ECLI | ES:APO:2000:831 |
Número de Recurso | 250/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 121/2000 |
Fecha de Resolución | 29 de Febrero de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 5ª |
AUD. PROVINCIAL SECCION N. 5
OVIEDO
SENTENCIA: 00121/2000
Rollo: MENOR CUANTIA 250 /1999
Ilmos. Sres. Magistrados:
DON JOSE MARIA ALVAREZ SEIJO
DOÑA MARIA JOSE PUEYO MATEO
DOÑA MARIA DEL PILAR MURIEL FERNANDEZ PACHECO
En OVIEDO, a veintinueve de febrero de dos mil.
VISTOS, en grado de apelación por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Menor Cuantía núm. 348/98, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Oviedo núm. 1, Rollo de Apelación nº 250/99, entre partes, como demandante y apelante, DOÑA Irene, representada por el Procurador Don Celso Rodriguez de Vera bajo la dirección de la Letrado Doña Natalia Llerandi González; como demandada y apelada, AGENCIA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE OVIEDO, bajo la dirección del Sr. Abogado del Estado; y, como demandada y apelada, DOBAO AUTO, S. L., incomparecida en esta alzada.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.
El Juzgado de Primera Instancia de Oviedo núm. 1 dictó Sentencia en los autos referidos con fecha once de enero de mil novecientos noventa y nueve, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo de desestimar y desestimo la demanda formulada por Da Irene contra AGENCIA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE OVIEDO y DOBAO AUTO, S. L.
Se imponen las costas al actor.
Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación".
Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de la demandante, se interpuso Recurso de Apelación, que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial donde se personaron las partes expresadas y, cumplidos los oportunos traslados se señaló para la vista del recurso el día veintiocho de febrero de dos mil, en cuyo acto la parte apelada solicitó confirmar la sentencia, con costas; no compareciendo en el acto de la vista el Letrado de la parte apelante. CUARTO.- En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr./a. DON/DOÑA JOSE MARIA ALVAREZ SEIJO.
Esta Sala comparte plenamente tanto la valoración de la prueba como las consideraciones plasmadas en la recurrida, y que llevaron a la desestimación de la demanda de tercería instada por la recurrente.
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