SAP Madrid, 30 de Noviembre de 1998

PonenteJOSE GONZALEZ OLLEROS
ECLIES:APM:1998:12623
Número de Recurso959/1997
ProcedimientoCOGNICIÓN
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª

SENTENCIA

En Madrid, a treinta de Noviembre de mil novecientos noventa y ocho.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad nº 914/96, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 21 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante Dª Ana, con D.N.I. nº 211.492, representada por el Procurador Dª Mª Luisa Martínez Parra y defendida por Letrado, y de otra, como demandada-apelada COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA C/ DIRECCION000 Nº NUM000 DE MADRID, representada por el Procurador Dª Isabel Campillo García y defendida por Letrado, seguidos por el trámite de juicio de cognición.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. José González Olleros

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 21 de Madrid, en fecha 28 de Julio de 1.997, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: DESESTIMO la demanda formulada por la Procuradora Dª María Luisa Martinez Parra en nombre de Dª Ana y contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 Nº NUM000, representada por el Procurador D. Antonio García Arribas, sobre reclamación de cantidad, y ABSUELVO a la referida demandada de las pretensiones formuladas contra ella por la parte actora; y con expresa condena a la demandante al pago de las costas causadas.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dió traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 11 de Mayo de 1.998, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 24 de Noviembre actual.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación de la apelante Dª Ana, actora en primera instancia se interpone recurso contra la sentencia dictada por el Ilmo.Sr.Magistrado Juez de 1ª inscia nº 13 de Madrid con fecha 28 de Julio de 1.997, desestimatoria de la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por la referida apelante contra la demandada y hoy apelada Comunidad de Propietarios de la calle DIRECCION000 nº NUM000 de Madrid, reproduciendo en esta alzada los mismos argumentos que ya sostuviera en su escrito...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 artículos doctrinales
  • Artículo 20 Facultades y obligaciones del administrador
    • España
    • La Ley de Propiedad Horizontal después de 2013. Doctrina, jurisprudencia y concordancias Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal Del régimen de la propiedad por pisos o locales
    • 6 Marzo 2014
    ...y Comunidad es la de un contrato de mandato representativo «sui generis », regulado por las normas relativas al mandato (SAP de Madrid de 30 de noviembre de 1998), aunque también se considera que la relación Page 316 Administrador con la Comunidad es de prestación de servicios (SAP de Madri......
  • Artículo 20
    • España
    • Comentarios a la Ley de Propiedad Horizontal. Después de la Reforma de 2011 Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, después de las reformas de 1988, 1990, 1992, 1999, 2000 , 2003, 2009 y 2011 Del régimen de la propiedad por pisos o locales
    • 5 Julio 2012
    ...y Comunidad es la de un contrato de mandato representativo «sui generis», regulado por las normas relativas al mandato (SAP de Madrid de 30 de noviembre de 1998), aunque también se considera que la relación del Administrador con la Comunidad es de prestación de servicios (SAP de Madrid de 2......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR