SAP Baleares 159/1998, 15 de Junio de 1998

PonenteANTONIO JOSE TERRASA GARCIA
ECLIES:APIB:1998:1628
Número de Recurso22/1998
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución159/1998
Fecha de Resolución15 de Junio de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 1ª

SENTENCIA NUM 159/98

S. S. Ilmas.

D. Antonio José Terrasa García

Dª Margarita Beltrán Mairata

D. Juan Pedro Yllanes Suárez

En la ciudad de Ibiza, a 15 de Junio de 1.998.

VISTO ante la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, el P.A.D.D. n°22/98, del Juzgado de Instrucción n° 5 de Ibiza, por Delito Contra la Salud Pública, contra Regina, con D.N.I. n° NUM000, nacida Valencia, el día 3-1- 1.976, hija de Cristobal y de María, con domicilio en Ibiza, Pensión "Mar", habitación NUM001, con antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en prisión provisional por esta causa, representada por el Procurador Dª. Victoria Martínez y defendida por el Letrado D. Miguel Edo Jordá; y contra Blanca, con D.N.I. n° NUM002, nacido en Baza (Granada), el dio 5-10-1.952, hijo de Jesús Carlos y de Aurora y vecino de Ibiza, Calle DIRECCION000 n° NUM003, con antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en prisión provisional por esta causa, representado por el Procurador D. Buenaventura Cucó y defendida por el Letrado Dª. Ascensión Joaniquet, siendo parte en la misma el Ministerio Fiscal y Ponente, que expresa el parecer de este Tribunal, el Magistrado/a, Ilmo. Sr/Sra. D. Antonio José Terrasa García.

ANTECEDENTES DE HECHO

I./ Son hechos probados por conformidad de las partes y así expresamente se declaran, los contenidos en la primera de las conclusiones de la acusación, o sea: Pocos minutos después de las 23,45 hora del día 23-11-1.997, la acusada Regina encontrándose en las inmediaciones del Instituto Santa María sito en la calle Ignacio Wallis de Ibiza, tenia en su poder un envoltorio conteniendo 131,360 gramos de heroína con una riqueza aproximada del 27 % (Correspondiendo a unos 35,467 gramos de sustancia pura) que había recibido pocas horas antes de manos de la coacusada Blanca, con el encargo de trasladarlo hasta Ibiza, habiendo efectuado ambas acusadas el viaje de ida y vuelta desde Ibiza a Baza y regreso, ese mismo día, con la única finalidad de obtener tales sustancias; percibiendo la acusada Regina la cantidad de 100.000 pesetas en contraprestación por tales servicios.

Tales sustancias iban a ser destinadas a la distribución y venta entre terceras personas por parte de la acusada Blanca, teniendo pleno conocimiento de todo ello la acusada Regina .

La sustancia intervenida tiene un valor de mercado aproximado de 1.668.272...

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