SAP Barcelona, 21 de Mayo de 1998

PonenteJUAN MARINE SABE
ECLIES:APB:1998:5181
Número de Recurso893/1997
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución21 de Mayo de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

SECCION TRECE

ROLLO Nº 893/97

DESAHUCIO Nº 153/97

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA N° CINCO DE BARCELONA

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D. JUAN CREMADES MORANT

Dª ISABEL CARRIEDO MOMPIN

D. JUAN MARINE SABE

En la ciudad de Barcelona, a veintiuno de mayo de mil novecientos noventa y ocho.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Trece de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Desahucio, número 153/97 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia n° cinco de Barcelona, a instancia de FERROCARRIL METROPOLITANO DE BARCELONA S.A. representado por el Procurador D. Antonio de Anzizu Furest, contra D. Clemente, representado por el. Procurador D. Josep Castells i Vall; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día doce de abril de mil novecientos noventa, y siete, por el Sr. Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por FERROCARRIL METROPOLITA DE BARCELONA S.A. Contra DON Clemente debo declarar y declaro resuelto el contrato que liga a las partes por expiración del término contractual y condeno al demandado a desalojar y poner a disposición de la actora el espacio que ocupa en la estación Diagonal, de la Linea 5 en cualquiera de las dos formas previstas en el contrato: dejando allí la instalación, que pasara a propiedad de la actora, o retirándola, dejando el espacio en perfectas condiciones, con apercibimiento de lanzamiento legal por término de quince días.- Se imponen a la demandada las costas de este juicio".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que impugnó el mismo en tiempo y forma legal; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día TRECE DE MAYO del año en curso.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN MARINE SABE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la Sentencia de instancia, íntegramente estimatoria de la demanda, se alza la parte demandada alegando como motivos de su recurso, sustancialmente, incongruencia omisiva de aquella resolución al no pronunciarse sobre la falta de título de la actora justificativo de la posesión del local de autos que ya alegó en el escrito de contestación, y, además que dada la naturaleza y carácter del contrato que se resolvía la cuestión aquí planteada excede de los límites propios de un juicio de desahucio por lo...

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