SAP Almería 149/1998, 4 de Abril de 1998
Ponente | TARSILA MARTINEZ RUIZ |
ECLI | ES:APAL:1998:515 |
Número de Recurso | 362/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 149/1998 |
Fecha de Resolución | 4 de Abril de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 1ª |
Audiencia. Provincial de Almería/Sección Primera
Rollo de Apelación civil número: 0362/97
SENTENCIA Nº 149
Ilmos. Sres. Presidente:
Dña. TARSILA MARTÍNEZ RUIZ.
Magistrados:
D. RAFAEL GARCÍA LARAÑA
D. JAVIER GÓMEZ BERMUDEZ
ALMERÍA, a cuatro de abril de mil novecientos noventa y ocho.
La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, ha visto y oído en grado de apelación, rollo
número 0362/97, los autos procedentes del Jdo, 1ª Inst/Instr Roquetas de Mar 2, seguidos con el
número 0433/96, sobre Interdicto de Recobrar, entre partes, de una como APELANTE, la
demandante Explotaciones Rosegar, S.L y, de otra., como APELADA, la demandada Bustamante y Cía. Construcciones 3.A., cuyas demás circunstancias constan en la sentencia apelada,
representada la primera por la Procuradora Dña. María Dolores Fuentes Mullor y dirigida por el
Letrado D. José Carmona Ojeda y la segunda representada por la Procuradora Dña. Emilia Batlles
Paniagua y dirigida por el Letrado D. Fulgencio M. Pérez Dóbón, sustituido en el acto de la vista por
el también Letrado D. Francisco Fernández Lupiañez.
Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.
Por el Iltmo Sr. Juez Jdo Inst/Instr Roquetas de Mar 2, en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 16 de Mayo de l. 997, cuyo Fallo dispone: Desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Fuentes Mullor, en nombre representación de la Sociedad Explotaciones Rosegar, S.L.", contra la Sociedad "Bustamante y Cía Construcciones, 3.A", debo declarar y declaro NO haber lugar al interdicto de recobrar, con expresa imposición de costas a la parte actora, con reserva a las partes del derecho que puedan tener sobre la propiedad 'o sobre la posesión definitiva, en que podrán utilizar el juicio correspondí en te.
Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la parte demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a éste Tribunal, previo emplazamiento de las partes en el término legal, donde se formó el rollo correspondiente, en el que oportunamente comparecieron las mismas, y seguido el recurso por sus trámites, se señaló día para la vista, la que tuvo lugar el 30 de Marzo de 1998, con asistencia de las representaciones de las partes comparecidas y sus Letrados, solicitando el de la primera la revocación de la sentencia impugnada y que se dicte otra por la que se estime íntegramente su demanda, o, subsidiariamente, se estime de modo parcial, con respecto a los 13153 metros cuadrados despojados en segundo lugar, y el Letrado de la parte apelada su íntegra confirmación, con expresa imposición de las costas de la alzada al recurrente; declarándose el recurso visto y concluso para sentencia.
En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.
Ha sido Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dña. TARSILA MARTÍNEZ RUIZ.
De los motivos de oposición formulados por la parte demanda frente a la pretensión actora, (que solicita la recuperación de una franja de terreno de 164,53 metros cuadrados,...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba