SAP Lleida 537/1997, 24 de Noviembre de 1997
Ponente | JOAQUIN ARMANDO BERNAT MONJE |
ECLI | ES:APL:1997:184 |
Número de Recurso | 425/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 537/1997 |
Fecha de Resolución | 24 de Noviembre de 1997 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lleida, Sección 2ª |
JUICIO VERBAL N° 409/96
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA n° 8 de LLEIDA.
ROLLO DE SALA N°425/97
SENTENCIA Núm 537/97
ILMOS. SEÑORES
Presidentes
D. MIGUEL GIL MARTIN
Magistrados
D. PEDRO Mª GOMEZ SANCHEZ
D. JOAQUIN BERNAT MONJE
En la ciudad de Lleida, a 24 de noviembre de 1.997.
La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, integrada por los señores indicados al margen, ha visto el presente recurso de apelación contra sentencia de 1 de abril de 1997, dictada en autos de Juicio Verbal núm 409/97 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n° 8 dé Lleida Es apelante, la actora, Dña. Francisca, soltera, estudiante, con domicilio en Lleida y D.N.I n° NUM000, representada por la Procuradora Dña Carmen Gracia Barrosa y asistida por la letrado Dña: Mayte Miralbós Badía y, artes apeladas, los demandados: MINISTERIO DE FOMENTO, asistido por el Sr. Abogado del estado; entidad mercantil "AGROMAN EMPRESA CONSTRUCTORA S.A.", con sede social en Madrid, representada por la Procuradora Dña. Paulina Róure Valles y defendida, por el letrado Sr. Betriu; entidad mercantil "HUARTE", con sede social en Pamplona no comparecida en esta alzada y las entidades aseguradoras, A.G.F. UNIÓN Y EL. FÉNIX, S.A. ", con sede social en Madrid, representada por el Procurador D. Jose M Guarro Cállizo y asistida por el letrado D. Javier Gonzalo Migueláñez y entidad aseguradora MAPFRE", representada por el Procurador D. César Minguella Piñol y ofendida por el letrado D. Antonio Ribera Dulcet. Es Ponente de ésta resolución el Ilmo. Sr. D. JOAQUIN BERNAT MONJE, Magistrado suplente de la Audiencia Provincial.
Se- aceptan y dan por" reproducidos los de la sentencia apelada.
En el procedimiento de referencia, el día 1 de abril de 1.997 recayó Sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente " Que dedo desestimas íntegramente la demanda promovida por la Procuradora Sra. Gracia, en nombre y representación de Dña. Francisca, contra el MINISTERIO DE FOMENTO representada por el Sr. Abogado del estado, contra la entidad AGROMÁN representada por la Procuradora Sra. Roure, contra la entidad AGF- LA UNIÓN Y EL FENIX, representada por el Procurador Sr. Guarro, contra la entidad "HUARTE", en situación procesal de rebeldía, y contra la entidad MAPFRE representada por el Procurador Sr. Minguella, y en consecuencia debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones contra ellos deducidas a través de la demanda inicial del presente procedimiento, todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la parte actora".
Contra dicha resolución, la Procuradora Dña. Carmen Gracia Larrosa en nombre de Dña. Francisca interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación; mediante escrito debidamente motivado,...
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