SAP Valladolid 986/1997, 24 de Noviembre de 1997

PonenteJOSE LUIS RUIZ ROMERO
ECLIES:APVA:1997:361
Número de Recurso252/1997
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución986/1997
Fecha de Resolución24 de Noviembre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEGUNDA

VALLADOLID

Rollo nº 252/97.

Procedimiento Abreviado nº 2.863/95.

Juzgado de Instrucción nº Uno de Valladolid.

S E N T E N C I A Nº 986/97

Ilmos Sres. Magistrados:

D. José Miñambres Florez

D. Feliciano Trebolle Fernández

D. José Luis Ruiz Romero

---------------En la Ciudad de Valladolid, a veinticuatro de Noviembre de mil novecientos noventa y siete.

La Audiencia Provincial de Valladolid ha visto en juicio oral y tramitado por el Procedimiento Abreviado, la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº Uno de Valladolid por delito de Malversación y estafa, seguida contra Carlos Francisco, natural de Valladolid, con domicilio en C/ DIRECCION000 NUM000, NUM001, nacido el dia 19.6.48, hijo de Alfredo y de Escolástica sin antecedentes penales, con instrucción, y en libertad, habiendo sido parte en el Procedimiento: El Ministerio Fiscal como representante de la acusación pública; y el acusado, que ha estado representado por la Procuradora Dª Sonia Rivas Farpon y defendido por el Letrado Sr. García Pasaran; y habiendo sido Ponente el Magistrado D. José Luis Ruiz Romero.

PRIMERO
Antecedentes de Hecho

1.- Las presentes actuaciones fueron tramitadas por el Juzgado de Instrucción nº Uno de Valladolid en virtud de un delito de Malversación y estafa formulada por el Ministerio Fiscal como consecuencia de apropiación indebida, lo que dio lugar a la incoacción de diligencias previas nº 2863/95, habiéndose practicado las diligencias probatorias que se estimaron procedentes.

2.- Llevadas a efecto indicadas diligencias probatorias y acordada por el Instructor la prosecución del trámite establecido en el artículo 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se dio traslado de las diligencias al Ministerio Fiscal y a las partes personadas para que solicitaran la apertura del juicio oral o el sobreseimiento de la causa, y evacuado tal trámite y adoptada la primera de las resoluciones, y señalada esta Audiencia como órgano competente para el conocimiento y fallo de la causa, se dio traslado de las actuaciones a la defensa del procesado quien evacuó el trámite formulando escrito de defensa, remitiendo a continuación los autos a esta Sala.

3.- Recibidas las actuaciones en esta Audiencia y examinadas las pruebas propuestas, se dictó auto

30.Agosto.97. admitiendo todas las pruebas propuestas por las partes, acordándose su práctica en el mismo acto del juicio, señalándose para la celebración del juicio el dia 4 de Noviembre de 1997.

4.- En el dia y hora señalados, comparecieron las partes, se llevaron a cabo las pruebas ofrecidas por las mismas en los respectivos escritos y que en su momento fueron admitidas.

5.- El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, estimó que los hechos eran constitutivos de un delito de a) Delito continuado (artículo 74) de malversación artículo 433 del Código Penal . b) Delito continuado (artículo 74) de Falsedad artículo 390.1.1º del Código Penal, estimando responsable criminalmente del mismo, en concepto de acusado a Carlos Francisco ; solicitando se le impusiera la pena de por el delito a) NUEVE MESES Y UN DIA DE MULTA ( cuota diaria 3.000 pesetas) y DOS AÑOS (2) de suspensión de empleo a cargo público.

Por el delito b) CUATRO AÑOS, SEIS MESES Y UN DIA DE PRISIÓN, QUINCE MESES Y UN DIA DE MULTA ( cuota diaria 3.000 pesetas) e inhabilitación especial para el empleo que ostentaba por CUATRO AÑOS Y UN DIA.

6.- La defensa del acusado estimó que los hechos perseguidos no eran constitutivos de infracción penal alguna por parte de su defendido, solicitando, en consecuencia, la libre absolución del mismo, con todos los pronunciamientos favorables y declaración de oficio de las costas del procedimiento.

SEGUNDO

Hechos probados

PRIMERO

El acusado Carlos Francisco, mayor de edad y sin antecedentes penales, empleado de Correos de Valladolid que trabaja en las tareas de clasificación y reparto (cartero) en las fechas que se dirán entre febrero de 1.995 y agosto de 1.996 hizo suyos los importes de diversos giros que debía entregar, imitando para ello las firmas de los supuestos receptores tanto en las libretas de Correos como en las propias órdenes de pago. En todos los casos que se ha podido constatar el acusado devolvió el importe del que se había apropiado en la mayoría de los casos tras que el destinatario del giro hiciera en Correos la pertinente reclamación.

En concreto:

  1. ...

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