SAP Las Palmas 391/2009, 10 de Noviembre de 2009

PonenteVICTOR CABA VILLAREJO
ECLIES:APGC:2009:3285
Número de Recurso12/2009
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución391/2009
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª

Iltmos Sres:

Don Víctor Caba Villarejo.

Doña Emma Galcerán Solsona.

Doña María Paz Pérez Villalba.

SENTENCIA

En Las Palmas de G. C., a 10 de noviembre de 2009.

Vistas por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, las actuaciones de que dimana el presente rollo, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Las Palmas de GC en los autos referenciados, seguidos a instancia de doña Catalina, parte apelada, representada en esta alzada por la Procuradora D.ª Ana María Guzmán Fabra y dirigida por la Letrada doña Carmen Cabrera Castro contra doña Marcelina, parte apelante, representada por el Procurador don Eduardo Briganty Rodríguez y dirigida por la Letrada doña Natalia Saez-Monz Ruiz siendo ponente el Magistrado don Víctor Caba Villarejo, quien expresa el parecer de la Sala.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Por el referido Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Las Palmas de GC se dictó sentencia en los citados autos de fecha 23 de junio de 2008, que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña Catalina condena a doña Marcelina al pago a la actora de la suma de 41.992, 46 euros más los intereses legales devengados por dicha suma desde el 25 de mayo de 2007 debiendo cada parte afrontar el pago de las costas generadas a su respectiva instancia.

SEGUNDO

Contra la expresada resolución se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandada siendo admitido a trámite y al que se opuso la parte actora, acordándose acto seguido la remisión de los autos a este Tribunal, con emplazamiento de las partes personadas que se verificó como consta, y recibidos los autos en esta Sección 4ª de la Audiencia Provincial, se formó el presente rollo, quedando señalados los autos para deliberación, votación y fallo. Observándose en la sustanciación de esta alzada en lo esencial los trámites y prescripciones legales.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

Quedó probado que la demandada y aquí apelante doña Marcelina adeudaba a la Tesorería General de la Seguridad Social la cantidad de 6.810.580 ptas, y para garantizar su cobro por ésta se trabó embargo sobre la vivienda de la propiedad de aquélla sita en la calle DIRECCION000 NUM000, NUM001 de Las Palmas de GC. Quedó acreditado que el fallecido esposo de la actora don Jacinto se adjudicó la vivienda en procedimiento de apremio seguido ante la jurisdicción laboral, con la carga anterior, abonando por tanto el adjudicatario el importe de la deuda que gravaba la finca embargada. Que como el TC declaró la nulidad del procedimiento de adjudicación la...

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