SAP Zaragoza 597/2005, 22 de Noviembre de 2005
Ponente | EDUARDO NAVARRO PEÑA |
ECLI | ES:APZ:2005:2878 |
Número de Recurso | 185/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 597/2005 |
Fecha de Resolución | 22 de Noviembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª |
SENTENCIA NUMERO QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE
Ilmos. Señores:
Presidente:
D. Juan Ignacio Medrano Sánchez
Magistrados:
D. Eduardo Navarro Peña
Dª. María Jesús de Gracia Muñoz
En la Ciudad de Zaragoza a veintidós de Noviembre de dos mil cinco.
En nombre de S.M. el Rey
VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 17 de Enero del año en curso por el Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de los de Zaragoza, en autos de Juicio Ordinario seguidos con el número 596/04, sobre reclamación de cantidad, de que dimana el presente rollo de apelación numero 185/05, en el que han sido partes, apelante, la demandante reconvenida, entidad mercantil "TALLERES DE ALUMINIO, S.L.", representada por la Procuradora Dª. Susana Hernández Hernández y asistida del Letrado D. Raúl Palacín Ramos, y, apelada, la demandada reconviniente, entidad mercantil "A. MONAJ, S.L.", representada por la Procuradora Dª. María-Nieves Omella Gil y asistida del Letrado D. José Bernad Gracia, siendo Ponente el Magistrado D. Eduardo Navarro Peña, que expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y
La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dª. Susana Hernández Hernández en representación de Talleres de Aluminio, S.L. contra A. Monaj, S.L. debo absolver y absuelvo a la demandada de todas las pretensiones deducidas en su contra. Con expresa imposición a la actora de las costas. Y estimando en parte la reconvención interpuesta por la demandada debo condenar y condeno a la actora reconvenida a que abone a la reconveniente la cantidad de 12.966,63 euros, más los intereses y sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas."
Notificada dicha sentencia a las partes, la representación procesal de la actora reconvenida preparó contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma hábiles, y emplazada que fue para que lo interpusiera en legal forma, así lo efectuó mediante la formulación del correspondiente escrito, en el que expuso las alegaciones que tuvo por conveniente para fundamentarlo, solicitando se dictara sentencia por la Sala, que revocando la recurrida estimase en su integridad los pedimentos de su demanda y desestimase los de la reconvencional, con expresa condena en costas a la parte apelada.
Dado traslado de dicho recurso de apelación a la representación procesal de la demandada reconviniente, emplazándola para que pudiera alegar lo que a su derecho conviniere en relación con el mismo, dedujo escrito de oposición, en el que vino a interesar la desestimación del mentado recurso de apelación y la confirmación de la sentencia impugnada, imponiendo las costas de la alzada a la parte apelante, tras de lo cual se remitieron los autos originales del juicio a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos que fueron aquellos se formó el presente rollo de Sala, en el que se personaron ambas partes, apelante y apelada, y seguido por sus trámites se señaló, finalmente, para la discusión y votación del referido recurso de apelación el día 8 del corriente mes de Noviembre, en que tuvo lugar.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los correlativos de la sentencia apelada, en cuanto no contradigan o se opongan a los de la presente; y
La mercantil Talleres de Aluminio, S.L.(TALUSA) formuló demanda frente a la también mercantil A.Monaj, S.L. en reclamación de la suma de 7.212,15 euros de principal, más intereses legales correspondientes, que le adeudaba como parte insatisfecha del precio del suministro e instalación de un total de 15 ventanas de aluminio en unas naves industriales propiedad de la demandada, sitas en el Polígono Alcalde Caballero de esta Ciudad.
La demandada se opuso a tal pretensión alegando defectuoso cumplimiento de la obra por parte de la...
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SAP Córdoba 143/2008, 7 de Julio de 2008
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