SAP Zaragoza 597/2005, 22 de Noviembre de 2005

PonenteEDUARDO NAVARRO PEÑA
ECLIES:APZ:2005:2878
Número de Recurso185/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución597/2005
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª

SENTENCIA NUMERO QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. Juan Ignacio Medrano Sánchez

Magistrados:

D. Eduardo Navarro Peña

Dª. María Jesús de Gracia Muñoz

En la Ciudad de Zaragoza a veintidós de Noviembre de dos mil cinco.

En nombre de S.M. el Rey

VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 17 de Enero del año en curso por el Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de los de Zaragoza, en autos de Juicio Ordinario seguidos con el número 596/04, sobre reclamación de cantidad, de que dimana el presente rollo de apelación numero 185/05, en el que han sido partes, apelante, la demandante reconvenida, entidad mercantil "TALLERES DE ALUMINIO, S.L.", representada por la Procuradora Dª. Susana Hernández Hernández y asistida del Letrado D. Raúl Palacín Ramos, y, apelada, la demandada reconviniente, entidad mercantil "A. MONAJ, S.L.", representada por la Procuradora Dª. María-Nieves Omella Gil y asistida del Letrado D. José Bernad Gracia, siendo Ponente el Magistrado D. Eduardo Navarro Peña, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dª. Susana Hernández Hernández en representación de Talleres de Aluminio, S.L. contra A. Monaj, S.L. debo absolver y absuelvo a la demandada de todas las pretensiones deducidas en su contra. Con expresa imposición a la actora de las costas. Y estimando en parte la reconvención interpuesta por la demandada debo condenar y condeno a la actora reconvenida a que abone a la reconveniente la cantidad de 12.966,63 euros, más los intereses y sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas."

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, la representación procesal de la actora reconvenida preparó contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma hábiles, y emplazada que fue para que lo interpusiera en legal forma, así lo efectuó mediante la formulación del correspondiente escrito, en el que expuso las alegaciones que tuvo por conveniente para fundamentarlo, solicitando se dictara sentencia por la Sala, que revocando la recurrida estimase en su integridad los pedimentos de su demanda y desestimase los de la reconvencional, con expresa condena en costas a la parte apelada.

TERCERO

Dado traslado de dicho recurso de apelación a la representación procesal de la demandada reconviniente, emplazándola para que pudiera alegar lo que a su derecho conviniere en relación con el mismo, dedujo escrito de oposición, en el que vino a interesar la desestimación del mentado recurso de apelación y la confirmación de la sentencia impugnada, imponiendo las costas de la alzada a la parte apelante, tras de lo cual se remitieron los autos originales del juicio a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta, previo emplazamiento de las partes.

CUARTO

Recibidos que fueron aquellos se formó el presente rollo de Sala, en el que se personaron ambas partes, apelante y apelada, y seguido por sus trámites se señaló, finalmente, para la discusión y votación del referido recurso de apelación el día 8 del corriente mes de Noviembre, en que tuvo lugar.

QUINTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia apelada, en cuanto no contradigan o se opongan a los de la presente; y

PRIMERO

La mercantil Talleres de Aluminio, S.L.(TALUSA) formuló demanda frente a la también mercantil A.Monaj, S.L. en reclamación de la suma de 7.212,15 euros de principal, más intereses legales correspondientes, que le adeudaba como parte insatisfecha del precio del suministro e instalación de un total de 15 ventanas de aluminio en unas naves industriales propiedad de la demandada, sitas en el Polígono Alcalde Caballero de esta Ciudad.

La demandada se opuso a tal pretensión alegando defectuoso cumplimiento de la obra por parte de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Córdoba 143/2008, 7 de Julio de 2008
    • España
    • 7 juillet 2008
    ...los intereses y recargos exigibles. Precisando la referida sentencia de esta misma Audiencia Provincial, en sintonía con S. A.P. deZaragoza de 22 de noviembre de 2.005, que ese presupuesto de admisibilidad no solo debe entenderse aplicable en el ambito de los juicios declarativos, sino tamb......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR