SAP Madrid 123/2002, 13 de Marzo de 2002

PonenteFELIX ALFONSO GUEVARA MARCOS
ECLIES:APM:2002:3764
Número de Recurso57/2002
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución123/2002
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª

ROLLO AP.- 57/2002

JUICIO ORAL.- 101/2001

JDO. PENAL 2 MOSTOLES

SENTENCIA NÚMERO 123

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILTMOS SRES DE LA SECCION TERCERA

D. FELIX ALFONSO GUEVARA MARCOS

D. JUAN PELAYO GARCIA LLAMAS

Dª. MARIA PILAR ABAD ARROYO

Madrid a 13 de Marzo de 2002

Vistos por esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, en Audiencia Pública y en grado de apelación, el Juicio Oral n° 101/2001 procedente del Juzgado de lo Penal n° 2 de Móstoles y seguido por delito de robo con violencia; siendo partes en esta alzada como apelante el acusado Jose Ignacio defendido por la Letrado Dª. Julia Miranda Martín y como apelado el Ministerio Fiscal y Ponente el Magistrado D. FELIX ALFONSO GUEVARA MARCOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el indicado Juzgado de lo Penal se dictó Sentencia el día 30 de Noviembre de 2001 cuyo FALLO decretó: "Que debo condenar y condeno a Jose Ignacio, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, como autor responsable de un delito de ROBO a la pena de UN AÑO de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de la condena y costas. El acusado indemnizará a Lourdes, en 8.000 pesetas, cantidad sustraída y no recuperada y en

2.000 pesetas, por el valor del bolso".

SEGUNDO

Notificada la referida Sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación

por la representación procesal del acusado, que fue admitido en ambos efectos y del que se confirió traslado por diez días a las demás partes.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial se formó el Rollo de Sala n° 57/2002; y dado el trámite legal, se señaló conforme al artículo 795.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la vista del recurso el día de ayer, compareciendo la defensa del acusado y el Ministerio Fiscal que informaron en apoyo de sus respectivas peticiones de revocación y confirmación de la sentencia de instancia, declarándose los autos vistos para sentencia.

  1. HECHOS PROBADOS

Se aceptan y se dan expresamente por reproducidos los de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan asimismo los correlativos de la sentencia del Juzgado de lo Penal aquí combatida y,

PRIMERO

La defensa del acusado Jose Ignacio propugna la revocación de la sentencia de instancia y así la absolución de aquel alegando, con una argumentación común, error en la apreciación de la...

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