SAP Murcia 339/2010, 11 de Junio de 2010

PonenteFERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
ECLIES:APMU:2010:1354
Número de Recurso814/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución339/2010
Fecha de Resolución11 de Junio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00339/2010

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000814 /2009

S E N T E N C I A nº 339/2010

Ilmos Sres.

D. Andrés Pacheco Guevara

Presidente

D. Fernando López del Amo González

Don Cayetano Blasco Ramón

Magistrados

En Murcia, a once de junio de dos mil diez.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Verbal nº 212/2008, que en Primera Instancia se han seguido en el Juzgado civil de Mula nº Uno entre las partes: como actora Carlos Daniel, representada por el Procurador Sr/a. Sánchez de la Cuesta y dirigida por el Letrado Sr/a. Rizo Ruiz, y como demandada Baltasar y Casimiro, representada por el Procurador Sr/a. García-Legaz Vera y dirigida por el Letrado Sr/a. Martín-Gil García.

En esta alzada actúa como apelante Carlos Daniel, personándose por el Procurador Sr/a Bernal Morata, y como apelada Baltasar y Casimiro, personándose por el Procurador Sr/a Sevilla Flores. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado, con fecha 24 de junio de 2009 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así:" FALLO: Que desestimo íntegramente la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales D. Jorge Ángel Sánchez de la Cuesta, en nombre y representación de D. Carlos Daniel, contra Dª. Casimiro y D. Baltasar con imposición al actor de las costas procesales".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por Carlos Daniel basándolo en síntesis en que se estimara la demanda.

Admitido a trámite el recurso se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia.

TERCERO

Por el Juzgado se remitieron los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo 814/2009 por la Sección Primera; por medio del correspondiente proveído se acordó traer los autos a la vista para dictar sentencia, señalándose para la celebración de la deliberación y fallo el día 7 de junio de 2.010.

CUARTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

Carlos Daniel formuló demanda contra sus primos Baltasar y Casimiro planteando una acción declarativa de dominio unida a la acción de deslinde respecto de su finca, debiendo materializarse en ejecución de sentencia la línea de separación con hitos y mojones que la hagan visible respecto de las fincas de los demandados, a los que se le condenará a reintegrarla o restituirla a Carlos Daniel, declarando la nulidad o ineficacia de cuantos títulos de dominio tuvieran los demandados de los que resultara contradicción con el derecho de dominio, cancelando los asientos e inscripciones que se hayan practicado en el Registro de la Propiedad, y ello respecto de la finca registral número NUM000 del Registro de la Propiedad de Mula propiedad de Carlos Daniel en relación con las fincas de los demandados números NUM001 y NUM002 del mismo registro.

La sentencia desestimó las pretensiones de Carlos Daniel, razón por la cual éste ha interpuesto recurso de apelación solicitando la revocación de la misma a fin de que estime la demanda, a lo que se han opuesto Carlos Daniel y Casimiro .

SEGUNDO

A la vista de la prueba practicada, y en concreto de las periciales, de los títulos de propiedad y de las fotografías existentes sobre el lugar, esta Sala llega a la misma conclusión alcanzada en la sentencia recurrida en el sentido de que la finca de Carlos Daniel tiene su lindero Este con el Barranco del Mulato (también conocido por el Barranco de la Cuesta de Aledo); dicha finca aparece inscrita en el Registro de la Propiedad de Mula con el nº NUM000 y está formada por un resto de otras segregaciones de dicha finca (la NUM000, NUM003 y NUM004 ); dicha finca fue donada el 26 de noviembre de 1955 por Baltasar y Aurelia a su hija Custodia, quien, a su vez la donó en 1981 a su hija Maribel, y ésta la vendió a su hermano Carlos Daniel (hoy actor) con fecha 4 de febrero de 2005.

Los mencionados Baltasar y Aurelia eran titulares de una finca mayor, donando en 1954 parte de ella a su otro hijo Baltasar, siendo adjudicada por la herencia del mismo en 1998 a sus hijos Baltasar y Casimiro (hoy demandados); éstos procedieron a diversas segregaciones y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR