SAP Murcia 289/2010, 18 de Mayo de 2010

PonenteFERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
ECLIES:APMU:2010:1088
Número de Recurso774/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución289/2010
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00289/2010

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000774 /2009

S E N T E N C I A nº 289/2010

Ilmos Sres.

D. Andrés Pacheco Guevara

Presidente

D. Fernando López del Amo González

Dª. María Pilar Alonso Saura

Magistrados

En Murcia, a dieciocho de mayo de dos mil diez.

Habiendo visto en grado de apelación la SECCION PRIMERA de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 2125/2008, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Murcia nº Cuatro, entre las partes: como actora Marino y Patricia, representada por el Procurador Sr/a. Valcárcel Alcázar y defendida por el Letrado Sr/a. López Alcázar, y como demandada Bankinter, S.A., representada por el Procurador Sr/a. Gálvez Giménez y defendida por el Letrado Sr/a. Calero García, y contra Banco de Valencia, S.A. representada por el Procurador Sr/a. Tomás Soro y defendida por el Letrado Sr/a. Mata Rabasa, finalmente contra Huma Mediterráneo, A.L." quien ha permanecido en situación procesal de rebeldía.

En esta alzada actúa como apelante Bankinter, S.A., personándose por el Procurador Sr/a Gálvez Giménez, y como apelada Marino y Patricia, personándose por el Procurador Sr/a Valcárcel Alcázar. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado, con fecha 14 de mayo de 2009 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así:" FALLO: Que estimando la demanda presentada por la Procuradora Dª GLORIA VALCARCEL ALCAZAR en nombre y representación de D. Marino Y Dª Patricia contra LA MERCANTIL HUMA MEDITERRANEO, S.L. declarada en rebeldía, BANKINTER, S.A. representada por el Procurador D. MIGUEL ÁNGEL GÁLVEZ GIMÉNEZ y LA ENTIDAD BANCO DE VALENCIA, S.A. representada por el Procurador D. TOMÁS SORO SÁNCHEZ, debo:

1) Declarar la resolución del contrato de compraventa celebrado, el 31 de mayo de 2004, entre los litigantes.

2) Condenar a HUMA MEDITERRANEO, S.L. a que reintegre a la parte actora la cantidad de CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA EUROS CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS

(57.460,52 #) de principal más el interés legal de 3.005 # desde el 31 de mayo de 2004, de 27.227,77 # desde el 28 de junio de 2004 y 27.227,75 # desde el 15 de julio de noviembre de 2004; asimismo, debo condenar, de forma solidaria con la promotora demandada, a BANKINTER, S.A. a que abone a la parte actora la cantidad de VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (27.227,75 #) y a LA ENTIDAD BANCO DE VALENCIA, S.A a que abone a la parte actora la cantidad de VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE EUROS CON SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS

(27.227,77 #), más los intereses legales de dichas cantidades desde la fecha de presentación de la demanda hasta el completo pago de la deuda, así como las costas causadas en esta instancia".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por Bankinter, S.A. basándolo en síntesis en que se rechazara la demanda respecto de dicha entidad de crédito.

Admitido a trámite el recurso se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia.

TERCERO

Por el Juzgado se remitieron los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo 774/2009 por la Sección Primera; por medio del correspondiente proveído se acordó traer los autos a la...

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