SAP Valladolid 101/2010, 8 de Abril de 2010

PonenteJOSE ANTONIO SAN MILLAN MARTIN
ECLIES:APVA:2010:482
Número de Recurso74/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución101/2010
Fecha de Resolución 8 de Abril de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

VALLADOLID

SENTENCIA: 00101/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000074 /2010

SENTENCIA Nº 101

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente: D. FRANCISCO SALINERO ROMAN

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ RAMÓN ALONSO MAÑERO PARDAL

D. JOSÉ ANTONIO SAN MILLÁN MARTÍN

En VALLADOLID, a ocho de Abril de dos mil diez.

VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de Jurisdicción Voluntaria nº 465/08 del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Valladolid, seguido entre partes, de una como DEMANDANTE-APELANTE: Dª Rafaela, mayor de edad y con domicilio en Valladolid, representada por el procurador D. Isidoro García Marcos y defendida por el letrado D. Fernando Bachiller Luque, y como DEMANDADO-APELADO: GERENCIA TERRITORIAL DE SERVICIOS SOCIALES DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON, representado y defendido por el Letrado de la Comunidad de Castilla y León y como APELADO: EL MINISTERIO FISCAL; sobre oposición a resolución Administrativa en materia de protección de menores.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 3 de septiembre de 2009, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "SE DESESTIMA la demanda formulada por Dª Rafaela contra la resolución administrativa de fecha 18 de septiembre de 2.006 dictada por la GERENCIA TERRITORIAL DE SERVICIOS SOCIALES DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON EN VALLADOLID.- No se hace expresa declaración sobre costas."

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por la representación de la demandante Dª Rafaela se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal y personadas las partes, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 7 de abril de 2010, en que ha tenido lugar lo acordado.

Vistos, siendo ponente D. JOSÉ ANTONIO SAN MILLÁN MARTÍN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dª Rafaela, madre de los menores: Casiano, Adolfina y Desiderio, nacidos en fechas de 13-11-02, 8-2-05 y 14-6-06, que fueran inicialmente declarados en situación de acogimiento familiar preadoptivo y luego declarados en situación de desamparo, por resolución de de la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León de fecha de 18-9-06, presentó, ya en fecha de 23-12-08, demanda de oposición a referida declaración de situación de desamparo, por sus tres hijos, negando de todo punto ser cierta la referida situación apreciada por esa entidad pública encomendada legalmente a la protección de los menores, luego de resolver e intervenir sobre diversas situaciones de...

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