SAP Asturias 217/2010, 30 de Abril de 2010
Ponente | RAMON IBAÑEZ DE ALDECOA LORENTE |
ECLI | ES:APO:2010:1329 |
Número de Recurso | 759/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 217/2010 |
Fecha de Resolución | 30 de Abril de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 7ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 7
GIJON
SENTENCIA: 00217/2010
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ASTURIAS
SECCIÓN SÉPTIMA
GIJÓN
Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000759 /2009
SENTENCIA Núm.217/2010
Ilmos. Sres. Magistrados:
PRESIDENTE: D. RAFAEL MARTÍN DEL PESO
MAGISTRADOS: D. RAMÓN IBÁÑEZ DE ALDECOA LORENTE
D. JULIÁN PAVESIO FERNÁNDEZ
En GIJON, a treinta de Abril de dos mil diez.
VISTOS, por la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial los presentes autos de P. Ordinario 775/08, Rollo número 759/09, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 11 de Gijón; entre partes, como apelante AXA AURORA IBÉRICA, S.A., representado por el Procurador D. Javier Castro Eduarte, bajo la dirección letrada de D. Francisco Fanego Rodríguez, como apelado D. Belarmino, representado por la Procuradora Dª. Mª Eugenia Castañeiria Arias, bajo la dirección letrada de D. Ricardo Valdeón García.
El Juzgado de Primera Instancia núm. 11 de Gijón, dictó en los referidos autos Sentencia de fecha 9 de septiembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: La estimación parcial de la demanda formulada por Dª María Eugenia Castañeira Arias, procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de D. Belarmino, condenando a la demandada, la Entidad Aseguradora "AXA Aurora Ibèrica", al pago de la cantidad de 13.435,77 euros, mas los intereses legales determinados en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, a computarse desde el día 11 de Enero de 2005 . Cada parte pagará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad." SEGUNDO.- Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de AXA AURORA IBÉRICA, S.A., se interpuso recurso de apelación y admitido a trámite se remitieron a esta Audiencia Provincial, y cumplidos los oportunos trámites, se señaló para la deliberación y votación del presente recurso el día 21 de abril de 2010.
En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.
Vistos siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAMÓN IBÁÑEZ DE ALDECOA LORENTE.
Recurre en apelación la representación de "AXA Aurora Ibérica, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros S.A.", la Sentencia que, en primera instancia, estima en parte la demanda deducida por D. Belarmino, y condena a dicha aseguradora a pagar al actor la cantidad de 13.435,77 #, más los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro desde el día 11 de enero de 2.005, en cumplimiento de las obligaciones contraídas por la aseguradora en contrato de seguro que cubría la contingencia de retirada del permiso de conducir, pero lo hace para impugnar finalmente, tan sólo, el pronunciamiento de condena al pago de los referidos intereses, pese a que en el escrito de preparación del recurso había expresado que era su intención impugnar todos los pronunciamientos del fallo, por lo que al análisis de la cuestión a la que se ha ceñido finalmente el debate en el escrito de interposición del recurso debemos limitarnos también nosotros, en virtud de lo dispuesto en el artículo 465.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .
Sostiene la apelante que la primera noticia que tuvo de que al actor le había sido retirado el permiso de conducir, fue el 13 de octubre de 2.005, cuando el abogado del actor le remitió el fax cuya...
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