SAP Zaragoza 231/2010, 15 de Abril de 2010
Ponente | PEDRO ANTONIO PEREZ GARCIA |
ECLI | ES:APZ:2010:315 |
Número de Recurso | 200/2010 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 231/2010 |
Fecha de Resolución | 15 de Abril de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00231/2010
SENTENCIA núm. 231 / 2010
ILMOS. Señores:
Presidente:
D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA
Magistrados:
D. JAVIER SEOANE PRADO
D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
En ZARAGOZA, a quince de Abril de dos mil diez.
En nombre de S.M. el Rey,
VISTOS por esta Sección 005 de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1177/2009, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 200 de 2010, en los que aparece como parte apelante la demandante D. Jenaro representado por el procurador D. JUAN FERNANDO TERROBA MELA y asistido por el Letrado D. GABRIEL GOMEZ DE LLARENA TREMPS; y como parte apelada la demandada ZURICH ESPAÑA S.A. representado por el procurador D. FERNANDO LUIS GUTIERREZ ANDREU y asistido por el Letrado Dª VIRGINIA LAGUNA MARIN-YASELI; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA.
Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 13 de octubre de 2009, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador D. JUAN FERNANDO TERROBA MELA, en representación de D. Jenaro, contra ZURICH SEGUROS Y REASEGUROS S.A., representado por el Procurador D. FERNANDO GUTIERREZ ANDREU, debo condenar y condeno a la demandada a pagar al actor la suma de 6.333,04 euros, más los intereses del art 20 de la L.C.S . y sin hacer expresa imposición de las costas procesales".
Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de la demandante, se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los Autos y CD, y personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y se señaló para deliberación, votación y fallo el día 12 de abril de 2010.
En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.
SE aceptan los FUNDAMENTOS DE DERECHO de la Sentencia apelada, y
El actor suscribe con la compañía de seguros demandada determinada modalidad de seguro, que tiene la naturaleza de mixto al participar de los seguros de fallecimiento y de vida, pues incluye determinadas garantías para el primer caso y de ahorro en el segundo, que tiene una duración de cinco años y un día, a cuyo vencimiento se ofrece al asegurado tres posibilidades: 1ª.- Retirar el valor de las participaciones a precio de venta; 2ª.- Convertirlo en una renta vitalicia o temporal; o 3ª.- Continuar con el seguro, siendo importante reseñar a los fines de resolución del recurso que las primas satisfechas se invierten en valores de bolsa pudiendo experimentar subidas o bajadas conforme a las cotizaciones periódicas. Trascurrido el día del vencimiento del seguro, el 1º de junio de 2007, ya con anterioridad la compañía de seguros ofrece al actor --5 de abril de 2007-- la inversión en nuevas soluciones de ahorro e inversión, a cuya propuesta el actor contesta --24 de abril de 2007-- ejercitando la opción de continuar con el contrato suscrito, replicando la compañía de seguros que se trata de una póliza de riesgo que no permite prórroga --19 de junio de 2007--, para más tarde admitir la propia compañía --25 de junio de 2007-- que "El problema es que nuestro sistema informático no está adaptado todavía para hacer estas...
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