SAP Barcelona 270/2010, 26 de Mayo de 2010

PonenteFRANCISCO HERRANDO MILLAN
ECLIES:APB:2010:5019
Número de Recurso345/2009
ProcedimientoVERBAL - COGNICIóN
Número de Resolución270/2010
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN UNDÉCIMA

ROLLO Nº 345/2009

JUICIO VERBAL Nº 684/2007

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE SAN FELIU DE LLOBREGAT

S E N T E N C I A Nº 270

Ilmos. Sres.

D. JOSEP Mª BACHS ESTANY

D. FRANCISCO HERRANDO MILLÁN

D. RAMÓN FONCILLAS SOPENA

En Barcelona, a 26 de mayo de 2010.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 684/2007, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Feliu de Llobregat, a instancia de Dª. Magdalena, contra CLÍNICA DENTAL DENT FELIU S.L.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la DEMANDADA contra la Sentencia dictada en los mismos el día 22 de octubre de 2.008, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda instada por Dª. Magdalena contra CLÍNICA DENTAL DENT FELIU, S.L., debo CONDENAR y CONDENO a la demandada, sin imposición de costas, a satisfacer al actor la cantidad de DOS MIL EUROS (DOS MIL EUROS), además de los intereses legales de la citada cantidad desde la interpelación judicial hasta el completo pago y,

DESESTIMANDO la reconvención instada por CLÍNICA DENTAL DENT FELIU S.L. contra Dª. Magdalena debo ABSOLVER Y ABSUELVO a la demandada, con imposición de costas a la actora reconvencional.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte DEMANDADA mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso en tiempo y forma legal; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 17 de marzo de 2.010.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO HERRANDO MILLÁN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Promovió la parte actora las presentes actuaciones solicitando la devolución del precio satisfecho por la prestación de servicio de odontología no satisfactorio y daños morales sufridos. Se opuso la demandada formulando reconvención y reclamando la parte del precio pendiente y no satisfecho. Tras los trámites procesales oportunos recayó sentencia estimando parcialmente la demanda y desestimando la reconvención. Contra la sentencia se alzó la demandada.

SEGUNDO

Se admiten y dan por reproducidos los hechos y fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida, en cuanto no se opongan a los de esta resolución.

TERCERO

Tras una introducción al recurso, la apelante alegó la existencia de error en la valoración de la prueba. Centra el motivo en la falta de prueba respecto a la demanda y acción entablada. De las actuaciones aparece probado que entre las partes procesales existió un contrato para la colocación de implantes superiores e inferiores y colocación de una dentadura en la boca de la actora. Ello implicaba una actuación quirúrgica y posterior actuación del protésico. La cirugía la llevó a cabo el Dr. Cosme, el tratamiento completo tenía un coste de 4.000 euros de los que la actora abonó 2.000 euros. Todo ello se desprende de los hechos admitidos por las partes procesales, pues no consta el contrato ni las operaciones a realizar, ni las realizadas en detalle. La actora mantuvo que el tratamiento fue correcto en cuanto a la parte quirúrgica que realizó Don. Cosme . Pero que la colocación de la prótesis dental fue incorrecta. El debate se centra en estos puntos. Que la actuación quirúrgica fue correcta se basa en la sola afirmación de la actora, pues no la cuestiona. Al respecto es preciso resaltar que si la fase quirúrgica fue correcta y satisfactoria, no se comprende que en la sentencia recurrida establezca que hubo un...

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