AAP Madrid 277/2010, 19 de Abril de 2010

PonenteRAFAEL ESPEJO-SAAVEDRA SANTA EUGENIA
ECLIES:APM:2010:5290A
Número de Recurso105/2004
ProcedimientoAPELACION AUTOS
Número de Resolución277/2010
Fecha de Resolución19 de Abril de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

RB AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN SEGUNDA

MADRID

APELACIÓN PENAL Nº 105/2004

DILIGENCIAS PREVIAS 279/2004

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 4 DE ALCORCON

A U T O Nº 277/2010

Ilmos. Sres. De la Sección Segunda.

PRESIDENTA: Dª LUCIA MARIA TORROJA RIBERA

MAGISTRADO: D LUIS ANTONIO MARTINEZ DE SALINAS ALONSO

MAGISTRADO D RAFAEL ESPEJ SAAVEDRA SANTA EUGENIA

En Madrid, a diecinueve de abril de dos mil diez.

VISTO, por esta Sección de la Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. PAULINO RODRIGUEZ PEÑAMARIA, en representación de Caridad, Eulogio Y Ignacio, contra el Auto dictado en el Juzgado de Instrucción nº 4 de Alcorcón (Madrid), en las Diligencias Previas nº 279/2004.

Ha sido ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. RAFAEL ESPEJ SAAVEDRA SANTA EUGENIA, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador Don José Manuel Rodríguez Pascual, en representación de Caridad, DON Eulogio Y Ignacio, se interpuso recurso de apelación contra el auto de fecha 7 de diciembre de 2009 dictado por el Juzgado de Instrucción núm. 4 de Alcorcón por el que dicho órgano jurisdiccional desestimaba el recurso de reforma planteado contra el Auto de fecha 8-10-2009 que acordaba el sobreseimiento provisional y archivo de las diligencias previas 279/2004.

SEGUNDO

Por el Ministerio Fiscal se solicitó la confirmación del Auto recurrido.

TERCERO

Turnadas las actuaciones a esta Sección II, se nombró Magistrado Ponente al Ilustrísimo Señor Magistrado DON RAFAEL ESPEJ SAAVEDRA SANTA EUGENIA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el delito previsto en el art. 293 CP, por impedir a los socios el ejercicio del derecho de información, nos hemos de remitir, a la normativa reguladora de tal derecho para las Sociedades de responsabilidad limitada.

El art. 51 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, establece que "Los socios podrán solicitar por escrito, con anterioridad a la reunión de la Junta General o verbalmente durante la misma, los informes o aclaraciones que estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día. El órgano de administración estará obligado a proporcionárselos, en forma oral o escrita de acuerdo con el momento y la naturaleza de la información solicitada, salvo en los casos en que, a juicio del propio órgano, la publicidad de ésta perjudique los intereses sociales".

Por su parte, el art. 86.1 de la misma Ley, que se refiere al derecho a examen de la contabilidad dispone que "1. A partir de la convocatoria de la Junta General, cualquier socio podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma, así como el informe de gestión y, en su caso, el informe de los auditores de cuentas".

Es decir, el derecho de información como tal y al examen de la contabilidad no se reconoce que puedan ser ejercitados en cualquier momento en que al socio le interese o le convenga, sino limitado al periodo de convocatoria de la Junta General. Los límites en cuanto al momento y al contenido en que se pueden ejercer esos derechos vienen establecidos, pues, por la legislación mercantil, que es el punto de partida para poder valorar la existencia de una infracción penal en aquellos casos en que existe remisión a la misma por la norma penal.

En definitiva, el derecho de información, su extensión y modalidades de ejercicio tiene el alcance concreto que le otorgan las correspondientes normas societarias. Como objeto del tipo penal el ámbito del derecho no alcanza a los supuestos razonablemente discutibles, que deben quedar para su debate en el ámbito estrictamente mercantil, por lo que únicamente serán típicos aquellos supuestos de denegación de información a la que los socios tienen derecho de modo manifiesto.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR