AAP Soria 8/2010, 8 de Febrero de 2010

PonenteRAFAEL MARIA CARNICERO GIMENEZ DE AZCARATE
ECLIES:APSO:2010:9A
Número de Recurso6/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución8/2010
Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Soria, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SORIA

AUTO: 00008/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE SORIA

Sección 001

Domicilio: AGUIRRE, 3

Telf: 975.21.16.78 Fax : 975.22.66.02

Modelo: AUR00

N.I.G.: 42173 37 1 2010 0100016

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000006 /2010

Juzgado procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de SORIA

Procedimiento de origen: DILIGENCIAS PRELIMINARES 0000108 /2009

APELANTE: Indalecio, Elvira

Procurador/a: SERGIO ESCRIBANO AYLLON

Letrado/a: ALFREDO GARCIA TEJERO

APELADO: COLEGIO OFICIAL ARQUITECTOS DE C Y L ESTE, CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES JACEVAS

AUTO CIVIL Nº 8/10

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

RAFAEL Mª CARNICERO GIMÉNEZ DE AZCÁRATE

MAGISTRADOS: JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ GRECIANO

Mª BELÉN PÉREZ FLECHA DÍAZ

=====================================

En Soria a ocho de Febrero de dos mil diez. HECHOS

PRIMERO

En el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Soria, se tramitaron los autos de Diligencias Preliminares 108/09, en los que recayó resolución que contiene la siguiente PARTE DISPOSITIVA: "Se rechaza la solicitud presentada por el Procurador Sr. Escribano Ayllón, en la representación alegada, de practicar como diligencias preliminares las interesadas".

SEGUNDO

Contra dicha resolución, se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, elevándose los autos a esta Audiencia Provincial de Soria, donde se formó el rollo de apelación civil arriba indicado, y no estimándose necesaria la celebración de vista oral, quedaron los autos conclusos, en virtud de lo preceptuado en la Ley de Enjuiciamiento Civil, para dictar resolución.

TERCERO

Son partes en el presente recurso: como apelantes y demandantes Indalecio y Elvira, representados por el Procurador Sr. Escribano Ayllón y asistidos por el Letrado Sr. García Tejero; y como apelados y demandados: COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA Y LEÓN ESTE y CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES JACEVAS S.L.

Es Ponente el Ilmo. Sr. D. RAFAEL Mª CARNICERO GIMÉNEZ DE AZCÁRATE.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La parte apelante interesó como diligencia preliminar, la exhibición, por parte del COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA Y LEON ESTE -COACYLE-, del libro de órdenes y proyecto de ejecución final de la vivienda unifamiliar referente a la vivienda unifamiliar del conjunto residencial situado en Almajano (Soria), en la CALLE000 número NUM000, hoy CALLE001 número NUM001, denominada vivienda letra NUM002, bajo la dirección del Arquitecto Superior Felicisimo . Y también la exhibición, por parte de la mercantil CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES ALMAJANO JACEAS SL, del libro del edificio ex artículo 7 LOE, y póliza de seguros que amparen los daños materiales de la vivienda suscrita al amparo del artículo 19 LOE .

El Juzgado dictó resolución denegando la solicitud presentada, fundamentando la negativa en que, en resumen, la diligencia solicitada no estaba justificada puesto que lo que se apreciaba era que el solicitante pretendía la obtención de pruebas anticipadas para el juicio, objeto que no es el previsto para las diligencias preliminares.

Contra esta resolución se alza el solicitante, manifestando, en resumen, que con relación a las solicitadas hacia COACYLE, libro de órdenes y proyecto de ejecución, estas diligencias permitirán a la parte conocer la identidad de los distintos agentes intervinientes en la construcción de la vivienda de los futuros demandantes, para comprobar las instrucciones que dieron y poder determinar la responsabilidad de cada uno de ellos. Y la información mediante la exhibición del proyecto de ejecución permitirá determinar la existencia de defectos en la elaboración del proyecto y el grado de responsabilidad del arquitecto.

Con relación a las solicitadas a CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES ALMAJANO JACEAS SL, y con referencia al Libro del Edificio, manifiesta que la empresa constructora no ha entregado dicho instrumento, que permite conocer los disitintos agentes...

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