AAP Madrid 146/2010, 14 de Junio de 2010
Ponente | MARIA VICTORIA SALCEDO RUIZ |
ECLI | ES:APM:2010:9458A |
Número de Recurso | 299/2010 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 146/2010 |
Fecha de Resolución | 14 de Junio de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 8ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8
MADRID
AUTO: 00146/2010
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE MADRID
Sección 8
1420A
FERRAZ, 41
N.I.G. 28000 1 7004821 /2010
RECURSO DE APELACION 299 /2010
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 941 /2009
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 60 de MADRID
De: ENVIALIA WORD, S.L.
Procurador: CRISTINA Mª GARCIA JIMENEZ
Contra: NOROESTE EXPRESS SERVICIO INTEGRAL DE PAQUETERIA,S.L.
Procurador: SOFIA PEREDA GIL
Ponente: ILMA. SRA. DÑA. MARIA VICTORIA SALCEDO RUIZ
AUTO 146
Magistrados:
ILMO. SR. D. ANTONIO GARCIA PAREDES
ILMA. SRA. DÑA. MARGARITA VEGA DE LA HUERGA
ILMA. SRA. DÑA. MARIA VICTORIA SALCEDO RUIZ
En MADRID, a catorce de junio de dos mil diez. La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario nº 941/09, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia núm.60 de Madrid, seguidos entre partes, de una como demandante-apelante, la mercantil ENVIALIA WORD, S.L., representada por la Procuradora Dª CRISTINA MARIA GARCIA JIMENEZ, y de otra, como demandada-apelada, NOROESTE EXPRESS SERVICIO INTEGRAL DE PAQUETERIA,S.L., representada por la Procuradora Dª SOFIA PEREDA GIL.
VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dña. MARIA VICTORIA SALCEDO RUIZ .
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 60 de Madrid, en fecha siete de diciembre de 2009, se dictó Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:"ACUERDO declarar la falta de competencia de este Juzgado para conocer de la demanda planteada por la procuradora DOÑA CIRISTINA MARIA GARCIA JIMENEZ, en nombre y representación de ENVIALIA WORLD, S.L., frente a NOROESTE EXPRESS SERVICIO INTEGRAL DE PAQUETERIA. Por corresponder a los Juzgados de lo Mercantil, sin imposición de costas".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública para la resolución del presente recurso, quedó en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 9 de junio de 2010.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Por la entidad ENVIALIA WORLD, S. L. se formuló demanda de juicio ordinario contra la mercantil NOROESTE EXPRESS SERVICIO INTEGRAL DE PAQUETERIA, S. L., ante los Juzgados de Primera Instancia de Madrid, siendo repartida al Juzgado de Primera Instancia nº 60, en reclamación de cantidad ascendente a 791.602,29 euros, en cumplimiento del compromiso adquirido por la demandada, que en fecha 20 de febrero de 2.008 suscribió con la actora un reconocimiento de deuda por importe de 814.602,29 euros, obligándose a pagar el referido importe mediante 33 pagarés.
Admitida a trámite la demanda, que dio origen a los autos nº 941/09, se emplazó a la demandada para que se personase en autos y contestase a la demanda en los términos que le pareciese oportuno; la citada parte se personó en autos formulando declinatoria, por entender que al dedicarse la demandada a "mensajería y transporte de paquetería" y ser la actora "transportista", la cuestión suscitada se enmarcaba en el ámbito de los "transportes" y, por tanto, la cuestión debía ser...
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