AAP Castellón 193/2010, 14 de Mayo de 2010

PonenteELOISA GOMEZ SANTANA
ECLIES:APCS:2010:570A
Número de Recurso180/2010
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución193/2010
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 2ª

Rollo: AUDIENCIA PROVINCIAL -SECCIÓN SEGUNDA- PENAL

Rollo de Apelación núm. 180/10.

Juzgado de Instrucción núm. 2 de Castellón.

Procedimiento: D. Previas núm. 1041/07.

A U T O NÚM. 193/10

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE: Dª Eloisa Gómez Santana.

MAGISTRADO: D. José Luis Antón Blanco.

MAGISTRADO: D. Horacio Badenes Puentes.

En la ciudad de Castellón de la Plana, a catorce de mayo de dos mil diez.

La sección 2ª de esta Ilma. Audiencia Provincial de Castellón integrada por los Sres. Magistrados al margen referenciados ha visto y examinado el presente rollo de apelación penal incoado contra el auto de fecha 29 de julio de 2009 dictado por la Ilmo. Sr. Magistrado del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Castellón en D. Previas núm. 1041/07 y en las que figura como parte apelante Fabio y Isidora representados por la Procuradora Sra. Viñado Bonet y como parte apelada el Ministerio Fiscal, representado por el Ilmo. Sr. Tomás Sancho. Ha sido designada ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Eloisa Gómez Santana.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva del auto apelado literalmente dispuso: "Se acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones, que se notificará al Ministerio Fiscal y demás interesados.".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, la representación procesal de Fabio y Isidora interpuso en tiempo y forma recurso de apelación contra la misma que fue admitido a trámite con traslado al Ministerio Fiscal quien lo impugnó solicitando su desestimación.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en la Audiencia Provincial, se turnaron a la Sección Segunda donde se formó el oportuno Rollo de Apelación tramitándose el recurso y señalándose la deliberación y votación del Tribunal el día 13 de mayo de 2010 en que ha tenido lugar.

CUARTO

En la tramitación de las presentes diligencias se han observado las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Contra el auto de fecha 29 de julio de 2009 por el que la juez instructora acuerda el sobreseimiento provisional de las presentes actuaciones incoadas a consecuencia de la denuncia interpuesta por una presunta negligencia médica de ciertos médicos del Hospital Nisa Rey don Jaime cometida en la persona de la fallecida Dª. María Virtudes, se alzan aquellos interesando su revocación y que se dicte otro en su lugar por el que se acuerde la prosecución del trámite de las diligencias por entender que los hechos denunciados pueden ser constitutivos de un delito del art. 142 del C. P ., interesando la práctica de diligencias consistentes en que se reciba declaración a los facultativos que atendieron a la Sra. Fabio, la testifical de Dª. Isidora hermana de la anterior y que se encontraba con ella cuando falleció, la testifical del doctor Sabino que intervino a requerimiento de la Sra. Fabio, la pericial de la médico forense Sra. Noemi a fin de que se ratifique en los informes emitidos y aclare lo que se estime procedente, y por último que se oficie al Hospital Niza, Rey Don Jaime para que remita relación de profesionales que atendieron a la Sra. Isidora .

El Ministerio Fiscal tras oponerse al recurso solicitó la confirmación del auto impugnado por sus propios fundamentos.

SEGUNDO

Entiende la recurrente que la intervención de los profesionales no fue adecuada al no realizar exploraciones específicas ante los síntomas que presentaba la paciente, y además por cuanto tal y como ha informado la médico forense los medicamentos suministrados por dicho personal a María Virtudes la precipitaron a la muerte al deteriorar su estado general. Que el medicamento Tramadol no se puede administrar en caso de obstrucción intestinal.

Que en la autopsia se objetivaron múltiples fecalomas en colon ascendente y en transverso y un hígado esteatósico que el día 3 de enero de 2007 cuando acudió a primera hora de la mañana de nuevo al Servicio de Urgencias presentaba una clínica compatible con un íleo al constar en la hoja de urgencias: "caida casual ..... vómitos biliares persistentes...

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