AAP Madrid 690/2010, 20 de Septiembre de 2010

PonenteMARIA PILAR ABAD ARROYO
ECLIES:APM:2010:13012A
Número de Recurso643/2010
ProcedimientoAPELACION AUTOS
Número de Resolución690/2010
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª

D. TOMÁS YUBERO MARTÍNEZ ROLLO AP.- 643/10

SECRETARIO DE LA SALA DILIGENCIAS PREVIAS 411/10

JDO. INSTR. Nº 25 DE MADRID

AUTO NÚMERO 690

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILTMOS. SRES. DE LA SECCION TERCERA

D. JUAN PELAYO GARCIA LLAMAS

Dª. Mª PILAR ABAD ARROYO

Dª. ANA Mª PÉREZ MARUGÁN

------------------------------Madrid, a 20 de septiembre de 2010

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción nº 25 de los de Madrid y en Diligencias Previas 411/10, con fecha 12 de febrero de 2010 se dictó auto por el que se acuerda la entrada y registro en domicilio sito en la C/ DIRECCION000 nº NUM000, Piso NUM001 NUM002 (Madrid), así como en todas las dependencias individuales de esta vivienda, donde presuntamente el detenido Jorge realiza las ventas, que se realizará durante las horas del día al objeto de incautar el material falsificado, dinero en metálico, libros, documentos y objetos, todos ellos relacionados con el supuesto delito contra la propiedad industrial e intelectual y poder hallar cualquier otros efectos que pudieran proceder de cualquier ilícito penal, con sujeción a lo dispuesto en los arts. 545 a 578 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal .

Notificada dicha resolución a las partes, se interpuso contra la misma y por la representación del imputado Jorge, recurso de reforma y subsidiario de apelación.

SEGUNDO

Admitido a trámite el recurso de reforma, se dio traslado del escrito por dos días al Ministerio Fiscal y demás partes personadas, dictándose con fecha 15 de junio de 2010 nuevo auto denegando la reforma solicitada y admitiendo a trámite el recurso de apelación subsidiariamente interpuesto, al que se le dio el curso legal, con remisión de testimonios a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid para su sustanciación.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en la Secretaría de este Tribunal, por proveído de 15 de septiembre de 2010 se acordó formar Rollo de Apelación con el número 643/10, señalando día para deliberación, votación y fallo en sala, lo que tuvo lugar el 17 de septiembre de 2010, siendo Ponente el Magistrado DÑA. Mª PILAR ABAD ARROYO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A través de los recursos legalmente previstos, la representación del imputado Jorge solicita que se declare la nulidad del auto por el que el Juez de Instrucción acordó la entrada y registro en el domicilio de aquél, y todo ello por entender que no concurren los requisitos para autorizar tal medida, al no existir con anterioridad indicios de la comisión de delito alguno sino meras sospechas.

Este es el único motivo por el que se solicita la nulidad del auto impugnado y a él se va a limitar el pronunciamiento de esta Sala.

Pues bien, la jurisprudencia del T.C. determina entre los requisitos precisos para que pueda dictarse una medida que implique el sacrificio de un derecho fundamental, que la información policial ofrecida al Juzgado evidencie tener como presupuesto un trabajo de indagación de calidad bastante para entender que sus aportaciones justificaban la medida. Y esto, tanto por el contenido...

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