AAP Barcelona 538/2010, 30 de Julio de 2010

PonenteMONTSERRAT COMAS DE ARGEMIR CENDRA
ECLIES:APB:2010:4227A
Número de Recurso607/2009
ProcedimientoOTROS RECURSOS
Número de Resolución538/2010
Fecha de Resolución30 de Julio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 10ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN DÉCIMA

Rollo Apelación núm. 607/09

Diligencias Previas núm. 5893/08-B

Juzgado de Instrucción núm. 2 de Barcelona

A U T O

Ilmos e Ilma Magistrados/a

Sr. JOSÉ MARIA PIJUAN CANADELL

Sra. MONTSERRAT COMAS ARGEMIR CENDRA

Sr. JOSÉ MARIA PLANCHAT TERUEL

Barcelona, a Treinta de Julio de dos mil diez.

H E C H O S
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Barcelona se dictó con fecha 29-6-2009, auto decretando el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones, que fue recurrido en reforma y subsidiario de apelación por el Procurador Alfredo Martínez Sánchez en representación de Benedicto Y Victoria, siendo desestimada la reforma por auto de fecha 31-8-2009, tras haber presentado sendos escritos de impugnación el Ministerio Fiscal y el Procurador Carlos Badia Martinez en representación de METAMOTOR, SL, solicitando la confirmación de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Habiendo sido admitida a trámite la apelación, sin que se hayan presentado escrito de alegaciones, se remitieron los autos a esta Sección, donde tras designar Magistrada ponente a la Ilma. Sra. MONTSERRAT COMAS ARGEMIR CENDRA y haber efectuado los trámites oportunos se señaló el día 27-5-2010 para celebrar la deliberación votación y fallo, quedando los mismos pendientes de resolución. La Ponente expresa el parecer unánime del Tribunal.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Valoradas las argumentaciones contenidas en el recurso de apelación -las cuales se reproducen en esta resolución a efectos de economía procesal- y las impugnaciones al mismo el recurso debe ser desestimado por los propios fundamentos de las resoluciones recurridas por estar plenamente ajustadas a derecho.

Considera el recurrente en síntesis que la declaración de la imputada Ariadna el pasado día 9-4-2007 en el juicio de alimentos seguido ante el Juzgado de Primera Instancia 15 de Barcelona es prueba plena del hecho denunciado e implica su reconocimiento de dicho hecho. Considera que concurren el delito de alteración de precios en concursos y subastas públicas del art. 262 CP que para su consumación basta haberlo intentado. Y, por último que en sede de diligencias previas no puede el Juez Instructor acordar el sobreseimiento provisional del art. 641. 1 de la Lecrim, dado que solo puede hacerlo en el periodo intermedio, por lo que solicita se tramite el procedimiento por el trámite de abreviado a fin de que sea en el juicio oral donde pueda valorarse la existe o reproche de culpabilidad.

La Sra. Juez Instructora en resolución motivada de fecha 29-6-2009 considera que las manifestaciones de Ariadna a los que se refiere la recurrente "recibo 36.000 #, eso es lo que yo recibí en su día, ellos -refiriéndose a Metamotor, SL- pusieron más para luego venderlo más caro" no son un indicio suficiente como para considerar presumible la comisión del delito de estafa objeto de esta investigación. La Sala comparte dicha valoración judicial a tenor de las manifestaciones de la imputada conforme a las cuales se...

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