SAP Valencia 593/2010, 20 de Septiembre de 2010

PonenteANA DELIA MUÑOZ JIMENEZ
Número de Recurso541/2010/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución593/2010
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª

593/2010

ROLLO Nº 000541/2010

SECCIÓN 10ª

SENTENCIA 593-10

Ilustrísimos Sres.:

Presidente, D. JOSE ENRIQUE DE MOTTA GARCIA ESPAÑA

Magistrados/as:

Dª PILAR MANZANA LAGUARDA

Dª ANA DELIA MUÑOZ JIMENEZ

En Valencia a veinte de septiembre de dos mil diez

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de Liquidación del Régimen Economico Matrimonial nº 001265/2009, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Valencia, entre partes, de una como demandante-apelante, María Antonieta representado por la Procuradora Dª María Sanchez Martínez y defendido por el Letrado D. Gonzalo Ortega Girones y de otra como demandado-apelado, Santos, representada por la Procuradora Dª Pilar Moreno Olmos y defendido por el Letrado D. Antonio Chornet Sanz.

Es ponente el Iltrmo. Sr. Magistrado D. ANA DELIA MUÑOZ JIMENEZ

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por la Iltma. Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Valencia, en fecha 13-04-10, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es como sigue : FALLO :" Que estimando en parte la solicitud formulada por Dª María Antonieta contra D. Santos, debo declarar y declaro que el inventario de la disuelta sociedad de gananciales integrada por los expresados comprende: A) activo de la sociedad 1) INMUEBLE: Vivienda sita en la Cañada (Paterna) en la calle núm. NUM000 -número NUM001 de policía urbana, con una superficie total de parcela de quinientos cincuenta y cinco metros cuadrados (555,00 m2) y una superficie construida de doscientos veinte metros cuadrados (220,00 m2). Inscrita en el Registro de la Propiedad de Paterna nº 2, al tomo NUM002, libro NUM003, folio NUM004, finca registral nº NUM005 ) Ajuar doméstico y equipamiento de la vivienda familiar anteriormente mencionada.3) Vehículos Opel Corsa.... SBH y Peugeot F-....-FJ. B) Pasivo de la sociedad: crédito a favor del Sr. Santos por el importe actualizado de la cantidad privativa invertida para la construcción de la vivienda- 99.224'76 €. Los interesados podrán hacer valer los derechos que crean corresponderles sobre los bienes adjudicados en el juicio ordinario que corresponda".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia por la representación procesal de la parte demandante se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia se remitieron los autos a esta Secretaría donde se formó el oportuno rollo, señalándose el día 16.09.10 para la deliberación, votación y fallo del recurso, sin celebración de vista, al no haberse considerado necesaria ésta ni instado por las partes el recibimiento del pleito a prueba.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia recurrida fue dictada en procedimiento de formación de inventario para la liquidación del régimen de gananciales existente entre los cónyuges, habiéndose disuelto el régimen económico matrimonial mediante sentencia de divorcio, firme, habiendo mostrado el demandado D. Santos disconformidad con la propuesta de inventario efectuada por la demandante. Esta propuso la inclusión en el activo de la sociedad de gananciales del inmueble consistente en vivienda sita en La Cañada calle NUM000, número NUM006 y otros muebles, objetos y enseres del domicilio conyugal.

La parte demandada propuso la inclusión en el activo de la sociedad únicamente del solar o parcela donde estaba construida la vivienda, no de la construcción, alegando que ésta se había realizado con dinero privativo y no ganancial.

La sentencia estimó en parte la solicitud formulada por Doña María Antonieta, declarando incluido en el activo de la sociedad el mencionado inmueble pero incluyendo en el pasivo de la sociedad un crédito a favor del Sr. Santos por el importe actualizado de la cantidad privativa invertida para la construcción de la vivienda (99.224,76 €).

SEGUNDO

La sentencia es recurrida por la representación de Dª María Antonieta pretendiendo su revocación en el extremo relativo a la inclusión en el pasivo de la sociedad del crédito a favor del Sr. Santos en la cantidad de 99.224,76 €, pidiendo la condena en costas de la contraparte.

El recurso se basa en la alegación de que el dinero o los fondos invertidos en la construcción de la vivienda (chalet) pertenecían a la sociedad de gananciales y no al Sr. Santos con carácter privativo. Se...

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