AAP Álava 73/2010, 10 de Junio de 2010

PonenteIÑIGO ELIZBURU AGUIRRE
ECLIES:APVI:2010:104A
Número de Recurso5/2010
ProcedimientoRECURSO DE QUEJA
Número de Resolución73/2010
Fecha de Resolución10 de Junio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA

ARABAKO PROBINTZIA AUZITEGIA

Sección / Sekzioa: 1ª/1.

AVENIDA GASTEIZ 18-2ª planta - C.P./PK: 01008 Tel.: 945-004821

Fax / Faxa: 945-004820

N.I.G. / IZO: 01.02.2-09/015797

Recu.de queja L2 / 5/2010 - A

O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia: Juzgado de 1ª Instancia nº 2 (Vitoria) / Lehen Auzialdiko 2 zk.ko Epaitegia (Gasteiz)

Autos de 154/1990 (e)ko autoak

Recurrente / Errekurtsogilea: Rogelio y Isidora

Procurador / Prokuradorea: MIGUEL ANGEL ECHAVARRI MARTINEZ y MIGUEL ANGEL ECHAVARRI MARTINEZ

Abogado / Abokatua: DAVID PRIETO

A U T O Nº 73/10

Iltmos/as. Sres/as.:

PRESIDENTE D. IÑIGO MADARIA AZCOITIA MAGISTRADA Dª MERCEDES GUERRERO ROMEO MAGISTRADO D. IÑIGO ELIZBURU AGUIRRE En Vitoria-Gasteiz, a 10 de Junio de 2010

HECHOS
PRIMERO

Por el Procurador Sr. Echavarri Martínez actuando en representación de D. Rogelio y Dª. Isidora, se ha interpuesto recurso de queja contra los Autos de fechas 02.07.09, 08-09- 09 y 17.11.09, dictados por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Amurrio, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "1.- Se decreta la cancelación de la anotación de embargo acordada en este procedimiento sobre la finca cuya descripción registral consta en el antecedente de hecho de esta resolución, así como la nota marginal a que se refiere el artículo 656 de la LECn .

  1. -Procedase igualmente a la cancelación de las siguientes anotaciones e inscripciones: -Anotación preventiva de embargo letra I, a favor de PREVISION ESPAÑOLA S.A., acordado por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Bilbao, en procedimiento Ejecución de Títula Judicial nº 880/01, en reclamación de 4.609,14 euros de principal y 583 de intereses vencidos y 1574,64 calculados de modo provisional para intereses, gastos y costas.

    -Anotación preventiva de embargo letra J, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social, dimanante el Expediente Administrativo de apremio, nº NUM000, en reclamación de 7.825,42.- euros de principal, intereses y costas.

  2. - Se decreta la cancelación de todas las anotaciones e inscripciones que hubieren podido causarse con posterioridad a la expedición de la certificación a que se refiere el artículo 656 de la LECn .

  3. - Expídase mandamiento por duplicado, en el que se hará constar:

    1. - Que se ha demandado y requerido de pago a los sujetos a los que se refiere el nº 1 del artículo 132 de la Ley Hipotecaria .

    2. - Que se han llevado a cabo los requerimientos y las notificaciones a la spersonas indicadas en el nº 2 del artículo 659 de la LECn .

    3. -El importe de la transmisión ha resultado igual de las responsabilidades reclamadas, que han ascendido a un total de 197.773,96 euros.

  4. - Con el fin de llevar a cabo el lanzamiento de los ejecutados de...

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