AAP Alicante 148/2009, 15 de Julio de 2009
Ponente | MARIA TERESA SERRA ABARCA |
ECLI | ES:APA:2009:104A |
Número de Recurso | 297/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 148/2009 |
Fecha de Resolución | 15 de Julio de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª |
4 A.P. Alicante Sec. 5ª Rollo 297-B/2009
A U T O NÚM. 148
Iltmos. Sres.:
Presidente: D. José Luis Úbeda Mulero
Magistrada: Dª. Visitación Pérez Serra
Magistrada: Dª. Mª Teresa Serra Abarca
En la ciudad de Alicante a quince de julio de dos mil nueve.
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto la Cuestión de Competencia suscitada entre el Juzgado de 1ª INSTANCIA Nº DOS DE SAN VICENTE DEL RASPEIG (Monitorio nº 844/2008), y el Juzgado de 1ª INSTANCIA Nº NUEVE DE ALICANTE (Monitorio nº 1404/2009). Constando como demandante FINANCIERA EL CORTE INGLES EFC S.A., representada por el Procuradora D. Francisco Martínez Martínez. Contra D. Jeronimo .
El Juzgado de 1ª INSTANCIA DOS DE SAN VICENTE DEL RASPEIG, en el procedimiento Monitorio nº 844/2008, dictó Auto de fecha 29-04-2009 en cuya parte dispositiva se decía:
"1.- Se declara la incompetencia territorial de este Juzgado para conocer de la demanda presentada por el Procurador Sr. Martínez Martínez, Francisco Javier, en nombre y representación de FINACIERA EL CORTE INGLES EFC S.A., frente a Jeronimo, sobre Monitorios. 2.- Se considera territorialmente competente al Juzgado de 1ª Instancia de los de Alicante. Remítanse al Juzgado Decano de la Circunscripción declarado competente las actuaciones, interesando acuse de recibo. 3.- Hágase saber a la parte actora que si desea la prosecución del proceso, debe comparecen en el Juzgado declarado competente" .
Por el Juzgado de 1ª Instancia Nº NUEVE DE ALICANTE, en los autos Monitorio nº 844/2008, se dictó en fecha 03- 06-2009 Auto cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"ACUERDO: Plantear una cuestión negativa de competencia frente al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de San Vicente del Raspeig, remítanse todos los antecedentes a la Excma.. Audiencia Provincial de Alicante a fin de que determine cual de los dos órganos jurisdiccionales es el competente para el conocimiento del presente procedimiento".
Este último Juzgado remitió las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución de la cuestión de competencia negativa, formándose el Rollo núm. 297-B-2009, en el que se señaló para la deliberación y votación el día 14-7- 2009, en el que tuvo lugar. VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª Mª Teresa Serra Abarca.
El procedimiento monitorio se inicia por demanda presentada ante el juzgado de Primera Instancia n.º 2 de San Vicente en reclamación de cantidad a una particular domiciliada en Mutxamel, partido judicial del lugar donde se...
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