AAP A Coruña 334/2009, 29 de Mayo de 2009
Ponente | JOSE MARIA SANCHEZ JIMENEZ |
ECLI | ES:APC:2009:437A |
Número de Recurso | 172/2009 |
Procedimiento | APELACION AUTOS |
Número de Resolución | 334/2009 |
Fecha de Resolución | 29 de Mayo de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
LA CORUÑA/A CORUÑA
AUTO: 00334/2009
AUDIENCIA PROVINCIAL DE 001
Sección nº 001
Rollo: RT 172 /2009
Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 7 de LA CORUÑA/A CORUÑA
Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 1612 /2008 LA SECCIÓN PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, CONSTITUIDA POR LOS ILUSTRÍSIMOS SEÑORES
D. ÁNGEL MARÍA JUDEL PRIETO, Presidente, D. JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ JIMÉNEZ Y D. IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS, Magistrados, ha dictado el siguiente:
A U T O Nº 334
En A Coruña, a 29 de mayo de 2009.
El Juzgado de Instrucción nº 7 de A Coruña tramita DPA 1612/08, y seguido su curso legal, con fecha 14 de julio de 2008 se dictó auto, resolución que una vez notificada a las partes, fue recurrida en tiempo y forma por Magdalena ; dados los traslados oportunos se acordó seguidamente elevar las actuaciones a la Audiencia Provincial, a los efectos procedentes.
Recibido lo actuado en la Oficina de Registro y Reparto de la Audiencia, por turno le correspondió a esta Sección Primera, con el número de rollo 172/9, y pasaron las actuaciones para votación y fallo.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ JIMÉNEZ.
El auto decretando la medida cautelar hace mención al art. 158 del C. Civil como presupuesto legal en apoyo de la misma.- Se trata de un supuesto en el que el denunciante imputa a la recurrente impedir la relación paternofilial que no parece, a priori, tener acomodo entre las infracciones mencionadas en el art. 544 ter. de la LECrim y tampoco se ajusta su vigencia temporal a lo estipulado en ese precepto.- Por tanto, sólo con apoyo en el art. 13 del texto procesal penal podría adoptarse esa medida de carácter civil, artículo que claramente se está refiriendo a infracciones con carácter de delito y no a las meras faltas.-Decimos todo esto porque teniendo la Sala constancia de que el procedimiento civil, que en la parte dispositiva del auto resolutorio de reforma juega como término final de la medida, está suspendido mientras no se resuelva una demanda de paternidad interpuesta en otro Juzgado, y habida cuenta de la posibilidad -no descartable- de que los hechos denunciados sean finalmente calificados como falta de las contempladas en los arts. 618 ó 622 del C. Penal, lo que procede es dejar sin efecto la cautelar...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Ciudad Real 54/2019, 4 de Febrero de 2019
...ganancial a la vivienda construida sobre suelo privativo indemnizando al dueño con su valor ( SAP de Alicante de 06/06/2011 ó AAP de la Coruña de 29/05/2009 ), y que fallecida su madre en el año 2000 ella lo heredó, por lo que el suelo es suyo, si bien ahora, y con ocasión de la Vista celeb......