AAP Madrid 71/2009, 20 de Febrero de 2009

PonentePURIFICACION MARTINEZ MONTERO DE ESPINOSA
ECLIES:APM:2009:1049A
Número de Recurso648/2008
Número de Resolución71/2009
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 20

MADRID

AUTO: 00071/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 20ª

AUTO Nº

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 648/2008

Ilmos. Sres. Magistrados:

PURIFICACIÓN MARTÍNEZ MONTERO DE ESPINOSA

JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ

RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON

En MADRID, a veinte de febrero de dos mil nueve.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, el incidente suscitado en los Autos de EJECUCIÓN HIPOTECARIA 409/2006, procedentes del JDO. 1A. INST. E INSTRUCCIÓN N. 1 de TORREJÓN DE ARDOZ, a los que ha correspondido el Rollo 648/2008, en los que aparece como parte apelante Matías, y como apelado Luis Manuel, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Doña PURIFICACIÓN MARTÍNEZ MONTERO DE ESPINOSA.

HECHOS
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Torrejón de Ardoz, en fecha 25 de octubre de 2007, se dictó auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Se estima el recurso de reposición interpuesto por el Procurador de la parte ejecutante.- Habiéndose estimado el recurso de reposición procede dejar sin efecto la providencia de fecha 26/06/07 en relación a la imposibilidad de ceder a tercero el remate, acordándose el mantenimiento del auto de adjudicación de fecha 14/06/07 en todos sus términos, debiéndose incluir en la parte dispositiva del mismo, a continuación del primer párrafo lo siguiente: "Dicha adjudicación se hace con la facultad de ceder el remate a un tercero".".

El día 14 de junio de 2007 se había dictado auto que dispone: "Se adjudican a Luis Manuel los bienes descritos en el primer antecedente de hecho de esta resolución, por la cantidad que se le debe por todos los conceptos (principal, intereses, costas y gastos procesales).".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por Matías, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, que presentó escrito oponiéndose al recurso formulado de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para la deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Como se dijo por esta Sala, en auto de 17 de abril de 2008, ha de entenderse que el auto de 14 de junio de 2007, fue complementado por el de 25 de octubre siguiente. De tal modo que la resolución adoptada por el Juzgado en el procedimiento...

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