AAP Castellón 76/2009, 11 de Junio de 2009
Ponente | PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO |
ECLI | ES:APCS:2009:440A |
Número de Recurso | 61/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 76/2009 |
Fecha de Resolución | 11 de Junio de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLON
SECCION PRIMERA
Rollo de Apelación Civil nº 61/2009
Juicio Monitorio nº 556/2008
Juzgado Primera Instancia nº 2 de Villarreal
AUTO Nº 76
Ilmos. Sres.
Presidente
Don CARLOS DOMINGUEZ DOMINGUEZ
Magistrados
Don PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO
Doña AURORA DE DIEGO GONZALEZ
En Castellón a once de junio de dos mil nueve.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados anotados al margen, ha visto y examinado el Rollo de Apelación Civil nº 61/2009, incoado en virtud del recurso interpuesto contra el auto de 4 de diciembre de 2008 dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Villarreal, en autos de Juicio Monitorio nº 556/2008.
Ha intervenido en el recurso, como Apelante, Santander Consumer EFC SA representada por la Procuradora Dª. María Angeles D'Amato Martín con la asistencia del Letrado D. Ignacio José Brines Flames, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO, que expresa el parecer del Tribunal.
En el procedimiento de referencia se dictó auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Se inadmite la demanda de juicio monitorio interpuesta por la Procuradora Sra. D'Amato Martín, en nombre y representación de Santander Consumer EFC SA, frente a Paulino ".
Contra dicho auto interpuso recurso de apelación la entidad actora, remitiéndose las actuaciones a la Audiencia Provincial para su resolución.
Recibidas las actuaciones el día 30 de marzo de 2009, se turnaron a la Sección Primera, señalándose para deliberación y votación el día de la fecha 11 de junio de 2009.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Se dirige el presente recurso de apelación a revisar la decisión adoptada por la Juzgadora "a quo" de inadmitir a trámite la demanda de proceso monitorio formulada por Santander Consumer EFC SA contra D. Paulino en reclamación de 16.723'24 euros, saldo deudor que según certificación expedida por la referida entidad presenta a fecha 15 de septiembre de 2008 la cuenta de préstamo de la que es titular el demandado.
La Juzgadora de instancia considera que los documentos presentados por la acreedora no son suficientes para acreditar la cuantía reclamada, porque la única cantidad vencida, líquida y exigible es la referente a las cuotas vencidas impagadas y los intereses de demora, pero no el importe de las cantidades pendientes de vencimiento, no cumpliéndose por ello los requisitos mínimos exigibles del art. 812.1 LEC en orden a la admisión de dicha demanda.
Estima la entidad actora, por el contrario, que la jurisprudencia viene...
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