AAP Santa Cruz de Tenerife 63/2009, 3 de Marzo de 2009

PonenteCONCEPCION MACARENA GONZALEZ DELGADO
ECLIES:APTF:2009:887A
Número de Recurso755/2008
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución63/2009
Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª

AUTO NÚM. 63/2009

Iltmos. Sres.

Presidente:

Dª. Pilar Muriel Fernández Pacheco

Magistrados:

Dª. Macarena González Delgado (Ponente)

Dª. María Luisa Santos Sánchez

En Santa Cruz de Tenerife, a tres de marzo de dos mil nueve.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos de juicio Monitorio núm. 755/2008 procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 9 de Santa Cruz de Tenerife con fecha veintisiete de octubre de dos mil ocho, se dictó Auto, cuya parte dispositiva literalmente copiada dice: " 1.- SE DECRETA EL ARCHIVO de los presentes autos de JUICIO MONITORIO Núm 0000755/2008, seguidos en este Juzgado a instancias del Procurador Dña. Mª Montserrat Padrón García, en nombre y representación de Bobcat Of Canarias S.L., contra Conharte Construcciones De Canarias S.L., dado que por el deudor no se ha pagado, ni formulado oposición, sin perjuicio de que la parte actora solicite se despache ejecución ." .

SEGUNDO

Contra esta última resolución, se interpuso recurso de apelación por la Procuradora Dª. Montserrat Padrón García en representación de Bobcat of Canarias, S.L. ; tramitándose conforme a lo previsto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, remitiéndose posteriormente los autos a esta Audiencia Provincial con emplazamiento de la parte por término de treinta días.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial, se designó como Ponente a la Ilma. Sra. Magistrado Dª. Macarena González Delgado ; personándose oportunamente la parte apelante por medio de la Procuradora Dª. Montserrat Padrón García bajo la dirección del Letrado D. Mario Santana González; señalándose para votación y fallo, el día dos de marzo del corriente año .

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales que le rigen.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Las presentes actuaciones se inician por solicitud de procuradora en nombre y representación de la actora formulando petición inicial de proceso monitorio que no fue atendida por los demandados por lo que de acuerdo con lo dispuesto en el art. 816.1 de la LEC, se dictó auto por el que se declararon finalizados los autos de juicio monitorio, dado que el deudor no ha pagado ni formulado oposición, sin perjuicio de que la parte actora solicite que se despache ejecución. Contra dicha resolución se interpone recurso de apelación alegando que infringe los arts. 816 y 533 de la LEC, al considerar que la parte no tiene que formular demanda ejecutiva y que el auto que despacha la ejecución debe contener los requisitos contenidos en el art. 533 de la LEC .

SEGUNDO

La cuestión planteada en este recurso ha sido resuelta por resoluciones de distintas Audiencias Provinciales recogidas muchas de ellas en la resolución dictada por la Audiencia de Madrid el 11 de enero de 2006 en el que se señala que la incomparecencia del demando obliga a dictar el auto a que se refiere el art. 816 de la LEC, tal y como se hace en las actuaciones...

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