AAP Guipúzcoa 91/2010, 29 de Julio de 2010

PonenteANE MAITE LOYOLA IRIONDO
ECLIES:APSS:2010:60A
Número de Recurso2097/2010
ProcedimientoRECURSO APELACIóN PROCEDIMIENTO ORDINARIO LEC 2000
Número de Resolución91/2010
Fecha de Resolución29 de Julio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Guipúzcoa, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIPUZKOA

GIPUZKOAKO PROBINTZIA AUZITEGIA

Sección / Sekzioa: 2ª/2.

SAN MARTIN 41-1ª planta - C.P./PK: 20007

Tel.: 943-000712

Fax / Faxa: 943-000701

N.I.G. / IZO: 20.04.2-09/000047

A.p.ordinario L2 / 2097/2010 - A

O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia: 1ª Inst. e Instrucc. nº 2 (Eibar) / Lehen auzialdiko eta Instrukzioko 2 zk. (Eibar)

Autos de 30/2009 (e)ko autoak

Recurrente / Errekurtsogilea: ALQUILERES DEBA S.L.

Procurador / Prokuradorea: MARIA CRISTINA GABILONDO LAPEYRA

Abogado / Abokatua: EDUARDO ZULUETA ZULOAGA

Recurrido / Errekurritua: DICO OBRAS Y CONSTRUCCIONES S.A. y EL CORTE INGLES S.A.

Procurador / Prokuradorea: MARIA JESUS RONDA GARCIA y JOSE ALBERTO AMILIBIA MUGICA

Abogado / Abokatua: EDUARDO CERNUDA RODRIGO y JOSE ANTONIO MORENO MUÑOZ

A U T O Nº 91/2010

TRIBUNAL QUE LO DICTA:

ILMO/A SR/A PRESIDENTE: D/Dª ANE MAITE LOYOLA IRIONDO

MAGISTRADO/A: D/Dª TERESA FONTCUBERTA DE LATORRE

MAGISTRADO/A: D/Dª FELIPE PEÑALBA OTADUY

LUGAR: DONOSTIA - SAN SEBASTIAN

FECHA: 29 de julio de 2010. ANTECEDENTES DE HECHO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Eibar se dictó Auto de fecha 15 de diciembre de 2009, cuya parte parte dispositiva dice así:

"Se declara la falta de competencia objetiva del Juzgado de Primera Instancia para conocer de la demanda presentada por el Procurador Sra. GABILONDO LAPEYRA, en nombre y representación de ALQUILERES DEBA S.L., frente a EL CORTE INGLES S.A. y DICO OBRAS Y CONSTRUCCIONES S.A., al ser competentes los Juzgados de lo Mercantil de Madrid".

SEGUNDO

Por la representación procesal de ALQUILERES DEBA, S.L. (ALKIDEBA, S.A.), se interpuso recurso de apelación contra el referido Auto de fecha 15 de diciembre de 2009 . Admitido el mismo, se elevaron los autos a este Tribunal, señalándose para la Votación y Fallo el día 8 de Junio de 2010.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han cumplido todas las formalidades prescritas en la ley.

CUARTO

Ha sido Ponente en esta instancia la Iltma. Sra. Magistrada Dª. ANE MAITE LOYOLA IRIONDO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación de Alquileres Deba S.L se ha formulado recurso de apelación contra el auto de fecha 15 de diciembre de 2009 dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Eibar en solicitud de que se revoque dicha resolución y en su lugar se dicte otra por la cual se declare la competencia objetiva del juzgado de Primera Instancia nº 2 de Eibar para conocer de la demanda instada frente a Obras y Construcciones S.A. y el Corte Ingles.

Como motivo del recurso se invoca aplicación indebida de lo dispuesto en el articulo 51 y concordantes de la Ley 22 /2003 Concursal y en ese sentido señala la parte recurrente que siendo anterior la fecha de admisión a trámite de la demanda a la fecha de declaración de concurso dicho procedimiento debería continuar hasta la firmeza de la sentencia.

A...

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