SAP Baleares 365/2010, 5 de Octubre de 2010

PonenteMARIA ROSA RIGO ROSELLO
ECLIES:APIB:2010:1927
Número de Recurso363/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución365/2010
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00365/2010

ROLLO Nº 363/2010

S E N T E N C I A nº 365

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

Don Carlos Gómez Martínez

MAGISTRADOS:

Dª Mª Rosa Rigo Rossello

D. Guillermo Rossello Llaneras

En Palma de Mallorca a cinco de octubre dos mil diez

VISTOS por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio ORDINARIO, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Palma, bajo el número 646/2007, Rollo de Sala numero 363/2010, entre partes, de una como actora apelante D. Rafael, representado por el Procurador Sra. Montane Ponce y asistido del Letrado Sr. Autonell; de otra, como demandada apelada D. Teofilo, representado por el Procurador Sr. Ferragut Cabanellas y asistido del Lerado Sr. Llado; como demandado apelado D. Juan Manuel, representado por el Procurador Sra. Sampol Schenk y asistido del Letrado Sr. Binimelis; y como demandada apelada no comparecida en esta alzada TALO BALEAR SL.

ES PONENTE la Magistrada Ilma Sra. Dª Mª Rosa Rigo Rossello

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Palma, se dictó sentencia en fecha 23 diciembre 2009, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Estimo sustancialmente la demanda interpuesta por Rafael, representado en juicio por la Procuradora de los Tribunales Monserrat Montane Ponce, contra Teofilo, representado en juicio por el Procurador de los Tribunales Antonio Ferragut Cabanellas, Juan Manuel, representado en juicio pro la Procuradora de los Tribunales Cristina Sampol Schenk, y la mercantil Taló Balear, SL, representada en juicio por el Procurador de los tribunales Antonio Colom Ferrá y, en consecuencia: 1. Declaro que en la vivienda y piscina sitas en la calle de Jesús (angular calle María de la Salud) de Ariany existen los defectos de la construcción que se expresan en el fundamento jurídico quinto de esta resolución y que de las deficiencias enumeradas en los ordinales 1, 2, 3, 5, 6, 8, 9 y 10, son responsables Juan Manuel y Talo Balear, SL, debiendo realizar a su cargo, en la forma establecida en el dictamen pericial elaborado por el arquitecto Cayetano, todas las obras necesarias para la correcta y completa eparación de tales vicios en el plazo de tres meses desde la firmeza de la sentencia o, en su caso, desde que se acuerde su ejecución provisional; 2.- Condeno a Juan Manuel y a Taló Balear SL:.- a) a estar y pasar por los anteriores pronunciamientos; b) a ejecutar las obras necesarias para la reparación y eliminación de los vicios y deficiencias en la forma prevista en las declaraciones contenidas en el pronunciamiento 1 de este fallo.- 3. Condeno a Juan Manuel y a Taló Balear SL a que abonen a la actora la cantidad de 8.682,23 euros, que devengará los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda.- 4. Absuelvo a Teofilo de todas las pretensiones contra él ejercitadas en este pronunciamiento.- 5. Impongo las costas causadas a la actora a los demandados condenados.".

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia, y por la representación de la parte actora, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido y seguido el recurso por sus trámites se señaló para votación y fallo para el 4 del corriente mes de octubre.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los de la resolución de instancia

PRIMERO

D. Rafael interpuso la demanda de juicio ordinario origen de los autos de que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR