SAP Orense 395/2010, 21 de Octubre de 2010

PonenteANGELA IRENE DOMINGUEZ-VIGUERA FERNANDEZ
ECLIES:APOU:2010:744
Número de Recurso272/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución395/2010
Fecha de Resolución21 de Octubre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

OURENSE

SENTENCIA: 00395/2010

APELACIÓN CIVIL

La Audiencia Provincial de Ourense, constituida por la Ilma. Doña Ángela Domínguez Viguera Fernández, Magistrada, ha

pronunciado, en nombre de S.M. El Rey, la siguiente

S E N T E N C I A NÚM.395

En la ciudad de Ourense a veintiuno de octubre de dos mil diez.

VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Verbal procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Ourense, seguidos con el n.º 806/07, Rollo de Apelación núm. 272/10, entre partes, como apelante D. Adolfo, representado por la Procuradora Dña. María Paz Feijoo Montenegro, bajo la dirección del Letrado D. Gumersindo Fornos Vieitez y, como apelado, D. Daniel, representado por la procuradora D.ª Lourdes Lorenzo Ribagorda, bajo la dirección del Abogado D. José Luis Brea Sanmartín.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Ourense, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 28 de enero de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la Procuradora Sra. Lorenzo Ribagorda en nombre y representación de D. Daniel, contra D. Adolfo y en consecuencia, debo condenar y condeno a aquél a pagar a la parte actora la cantidad de 660,13 #, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, más intereses de mora procesal desde la fecha de la presente sentencia hasta su completo pago.

Con expresa imposición de las costas a la parte demandada".

Segundo

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación de D. Adolfo recurso de apelación en ambos efectos, y seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.

Tercero

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

  1. FUNDAMENTOS DE DERECHO Se acepta la fundamentación jurídica de la sentencia apelada en tanto no contradiga lo expuesto a continuación.

PRIMERO

Cuestiona la parte apelante, la legitimación activa, "ad causam", del actor, por no haber acreditado la titularidad que alegaba en la demanda, respecto del vehículo dañado, ni haber procedido a su efectiva reparación y consiguiente abono, de su importe, previamente a la interposición de la demanda, lo que a juicio de la recurrente le priva de...

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