SAP Madrid 213/2009, 18 de Mayo de 2009

PonenteMARIA JOSE ALFARO HOYS
ECLIES:APM:2009:18826
Número de Recurso297/2008
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución213/2009
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 12ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 12

MADRID

SENTENCIA: 00213/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 12ª

Rollo: RECURSO DE APELACION Nº297/08

PROCEDENCIA: JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº15 DE MADRID

JUICIO VERBAL Nº815/06

DEMANDANTE/APELANTE: SOCIEDAD ANONIMA RADIO ARGENTARIA EN LIQUIDACIÓN Y BOVEDA REAL S.L.

PROCURADORA: DÑA. ADELA CANO LANTERO

DEMANDADO/APELADO: DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO DEL ESTADO

ABOGADO DEL ESTADO

DEMANDADO/APELADO: SRA. REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD NUM000 DE MADRID (DÑA. Julia )

PROCURADOR: D. MANUEL LANCHARES PERLADO

MINISTERIO FISCAL

PONENTE: ILMA. SRA. DOÑA MARIA JOSE ALFARO HOYS

SENTENCIA Nº 213/2009

Ilmos. Sres. Magistrados:

JOSE VICENTE ZAPATER FERRER

FERNANDO HERRERO DE EGAÑA Y OCTAVIO DE TOLEDO

MARIA JOSE ALFARO HOYS

En MADRID, a dieciocho de mayo de dos mil nueve. La Sección 12 de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de JUICIO VERBAL 815/2006 del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 15 de MADRID seguido entre partes, de una como apelante SOCIEDAD ANÓNIMA RADIO ARGENTINA EN LIQUIDACIÓN representado por la Procuradora DÑA. ADELA CANO LANTERO, y de otra, como apelados DIRECCION GENERAL DE PATRIMONIO DEL ESTADO representado por el Abogado del Estado, REGISTRADOR/A DE LA PROPIEDAD Nº. NUM000 DE MADRID (DÑA. Julia ) representado por el Procurador D. MANUEL LANCHARES PERADO, así como el MINISTERIO FISCAL sobre IMPUGNACIÓN CALIFACIÓN NEGATIVA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 15 de MADRID, por el mismo se dictó sentencia con fecha 17-10-07, cuya parte dispositiva dice:

"1.- Se acuerda desestimar la impugnación de la calificación negativa del Registrador de la Propiedad NUM000 de Madrid de fecha 10 de mayo de 2006 interpuesta por Sociedad Anónima Radio Argentina en Liquidación y Bóveda Real, S.L.

  1. -Se imponen las costas causadas al impugnante".

Notificada dicha resolución a las partes, por SOCIEDAD ANÓNIMA RADIO ARGENTINA EN LIQUIDACIÓN se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la Deliberación, Votación y Fallo del mismo el pasado día 18-03-09, en que ha tenido lugar lo acordado.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales excepto el plazo para dictar Sentencia por el excesivo trabajo del Ponente.

Visto, siendo Ponente la Ilma. Sra. DÑA. MARIA JOSE ALFARO HOYS.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los fundamentos de derecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

La representación procesal de la "Sociedad Anónima Radio Argentina en liquidación, Bóveda Real, S.L." ( en adelante SARA) presentó demanda de juicio verbal frente al Registrador de la Propiedad nº NUM000 de Madrid doña Julia .

La entidad SARA ejercitó acción de impugnación contra la calificación negativa del Registrador de la Propiedad nº NUM000 de Madrid de fecha 10 de mayo de 2006. La impugnante vino a mantener la procedencia de la aplicación del derecho español, alegando lo siguientes hechos y fundamentos de derecho:

La Sociedad SARA es titular registral de una finca en principio rústica, hoy urbana, en Vallecas, inscrita en el Registro de la Propiedad nº NUM000 de Madrid al tomo 32, libro 32, folio 111, finca número 2503, inscripción 5ª. La finca fue adquirida por medio de escritura pública de compraventa ante Notario de Madrid el día 26 de octubre de 1928.

La "Sociedad Anónima Radio Argentina, en Liquidación" ( SARA) es una sociedad argentina con sucursal en España. Fue constituida definitivamente en Buenos Aires (Argentina) en escritura pública de fecha 31 de julio de 1927 otorgada ante Notario, abriendo su sucursal en España como tal en el Registro Mercantil bajo la denominación de "Sucursal Sociedad Anónima Radio Argentina" ( SARA) inscrita debidamente en el Registro, poseyendo Número de Identificación Fiscal de la Hacienda Española.

Por acuerdo de la Junta General de la Sociedad celebrada en Buenos Aires el día 24 de agosto de 1964, se acordó la disolución de la sociedad y el inicio de la liquidación. El día 5 de diciembre de 2005, en Junta Universal Extraordinaria se acordó por la compañía nombrar nuevo y único liquidador a don Jose María, siendo protocolizada el acta por Notario de Buenos Aires. Dicho nombramiento fue registrado en le Departamento de Registros Nacionales de Sociedad de la Inspección General de Justicia de la República Argentina el día 9 de diciembre de 2005 y publicada en el BOE de la República Argentina de fecha 7 de diciembre de 2005.

La compañía "Bóveda Real, S.L.", es una sociedad mercantil española constituida por medio de escritura pública otorgada el 6 de septiembre de 2005, e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, teniendo su domicilio en España y siendo su objeto social la compraventa e intermediación de toda clase de fincas rústicas y urbanas, así como de promoción y construcción sobre las mismas.

Don Jose María, ciudadano español, como Liquidador de la compañía SARA, fue designado en Asamblea General Extraordinaria, estando presente la totalidad del Capital Social y adoptándose por unanimidad, según consta en la Escritura de protocolización de Documentos de Disolución y Nombramiento de Liquidador otorgada el 20 de diciembre de 2005 ante Notario de Madrid, a quien se le concedieron "las mas amplias facultades, a cuyo efecto podrá otorgar los poderes que estime oportunos de administración y disposición de bienes, muebles e inmuebles, y derechos, pudiendo solicitar, retirar, aceptar y firmar las escrituras públicas y/o instrumentos privados que fueren menester..." para llevar a cabo su cometido.

En atención a su cargo, el Liquidador, en la representación que ostentaba de SARA, convino el día 15 de enero de 2006 con la sociedad "Bóveda Real, S.L.", un documento denominado "Precontrato de transmisión de bienes muebles e inmuebles", elevado a público por medio de escritura pública de fecha 28 de mayo de 2006, que no era más que el protocolo y el marco contractual para llevar a cabo la liquidación ordenada de la sociedad en atención a la naturaleza y situación de este inmueble y de otros que posee la sociedad a la búsqueda de soluciones fiscales más favorables para la sociedad en liquidación y sus socios, y en definitiva, en cumplimiento de la voluntad en intereses de todos los socios.

En cumplimiento de dicho precontrato, en fecha 24 de enero de 2004 se procedió a elevar a público los acuerdos sociales de ampliación de capital y nombramiento de Administrador Único en la sociedad "Bóveda Real, S.L.", lo cual tuvo lugar por medio de escritura pública otorgada ante Notario de Madrid, escritura cuyos actos en relación a la finca indicada han sido objeto de calificación negativa, lo que ha motivado el presente procedimiento.

Sin embargo, estos actos previamente habían sido examinados y calificados positivamente por el Registro Mercantil de Barcelona en fecha 5 de abril de 2006, que procedió a inscribir la aportación de capital por aportación de inmuebles, comprobando la regularidad del proceso corporativo de adopción de acuerdos sociales y adjudicación de participaciones en la sociedad "Bóveda Real, S.L.", y por consiguiente la idoneidad de las aportaciones realizadas para servir de contrapartida en un aumento de capital.

Con...

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