AAP Madrid 1272/2009, 13 de Abril de 2009

PonentePASCUAL FABIA MIR
ECLIES:APM:2009:4783A
Número de Recurso111/2009
ProcedimientoAPELACION AUTOS
Número de Resolución1272/2009
Fecha de Resolución13 de Abril de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección nº 5

ROLLO 111/2009

Órgano Procedencia: JDO. DE INSTRUCCIÓN Nº 12 DE MADRID

Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS Nº 6181/2006

AUTO NÚM. 1272/2009

Ilmos Magistrados.-D. ARTURO BELTRÁN NUÑEZ

D. PASCUAL FABIÁ MIR

Dª. CELIA SAINZ DE ROBLES SANTA CECILIA

En Madrid, a 13 de abril de 2009

VISTO por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Madrid el Rollo de Sala nº 111/2009, formado para sustanciar los recursos de apelación interpuestos en nombre de Pio y de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía con carnés profesionales nº NUM000 y NUM001 contra los autos de 18 de julio de 2008 y 3 de marzo de 2009, dictados por el Juzgado de Instrucción nº 12 de Madrid en sus Diligencias Previas nº 6181/2006.

HECHOS
PRIMERO

El día 18 de julio de 2008, el Juzgado de Instrucción nº 12 de Madrid dictó auto por el que dispuso la continuación de sus Diligencias Previas nº 6181/2006 por los trámites del procedimiento abreviado, por si los hechos atribuidos a los policías nacionales con carnés profesionales nº NUM000 y NUM001 pudieran ser constitutivos de un delito de lesiones, y, al mismo tiempo ordenó el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa con respecto a los hechos comprendidos en la segunda de las denuncias, obrante al folio 220 de las actuaciones.

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpusieron sendos recursos de reforma y subsidiarios de apelación, uno, mediante escrito presentado el 26 de julio de 2008 por el Procurador de Pio, y, el otro, mediante escrito presentado el 30 de julio de 2008 por la Procuradora de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía con carnés profesionales nº NUM000 y NUM001 .

TERCERO

Los recursos de reforma fueron rechazados por auto de 3 de marzo de 2009, en el que se admitieron a trámite los recursos de apelación subsidiariamente formulados y se dio traslado para alegaciones al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas. CUARTO.- Una vez recibidas las actuaciones en esta Sección, se formó el oportuno Rollo de Sala y se señaló el día 3 de abril de 2009 para la deliberación y resolución del recurso, del que es Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. PASCUAL FABIÁ MIR.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Contra lo resuelto por la instructora se han presentado dos impugnaciones de carácter opuesto, pues, por un lado, el denunciante persigue que se alce el sobreseimiento de la causa con respecto a la segunda de sus denuncias y que continúe también la tramitación por los hechos descritos en ella, mientras que, por el otro lado, los imputados pretenden que se archiven las actuaciones con respecto a todos los hechos que se les han atribuido.

SEGUNDO

Por lo que se refiere al sobreseimiento relativo a los hechos contenidos en la denuncia presentada por Pio el 8 de febrero de 2007, la juez "a quo" lo apoya en la inexistencia de indicios de la participación de los imputados en los abusos policiales relatados por el perjudicado (reiteradas amenazas graves, coacciones, malos tratos, detención ilegal, etc.). Sin embargo, en el recurso se sostiene que los dos agentes contra los que se dirige la causa sí intervinieron en las constantes e ilegales presiones recibidas y que, en concreto, uno de ellos, al que se refiere como "IÑAKI" era el principal responsable del...

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