AAP Madrid 76/2009, 26 de Febrero de 2009

JurisdicciónEspaña
Fecha26 Febrero 2009
Número de resolución76/2009

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 11 MADRID

AUTO: 00076/2009 AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID SECCION UNDECIMA CIVIL

AUTO Nº

Rollo: RECURSO DE APELACION 521 /2008 Ilmos. Sres. Magistrados:

Dª. LOURDES RUIZ GORDEJUELA LOPEZ

D. JESUS GAVILAN LOPEZ

D. CESAREO DURO VENTURA

En MADRID, a veintiséis de febrero de dos mil nueve.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 11 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JURISDICCION VOLUNTARIA. GENERAL 254 /2006, procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION

N. 4 de MAJADAHONDA, a los que ha correspondido el Rollo 521/2008, en los que aparece como parte apelante D. Tomás, representado por el Procurador D. MARIA CONCEPCION PUYOL MONTERO, y como apelados D. Ángel, representado por el Procurador D. RAFAEL GAMARRA MEGIAS, y Dª Adriana, e interviniendo el MINISTERIO FISCAL, sobre jurisdicción voluntaria, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr.

D. JESUS GAVILAN LOPEZ.

HECHOS

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Majadahonda, en fecha 21 de Noviembre de 2007, se dictó auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:" SE CONCEDE AL ALBACEA D. Ángel LA PRÓRROGA DEL ALBACEAZGO TESTAMENTARIO DE Dª Leocadia . por el plazo de 1 año, a contar desde la fecha de ésta resolución."

SEGUNDO

Notificado el mencionado auto, contra el mismo se interpuso recurso de apelación por la parte apelante, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria. La representación procesal de D. Ángel presento escrito de oposición al mencionado recurso. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 19 de febrero de 2009, en que ha tenido lugar lo acordado.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales en ambas instancias.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

La Sala acepta y da por reproducidos los Fundamentos de Derecho del Auto de instancia, en los términos de esta resolución.

PRIMERO

Antecedentes procesales del recurso.-El Auto de instancia concede al albacea testamentario de Dª Leocadia la prórroga de un año a contar desde la fecha de la resolución el 21 de Noviembre de 2.007, todo ello en los términos concretos que refleja el antecedente de hecho segundo de esta resolución, que se corresponde con la parte dispositiva de la misma.

El recurso planteado por la representación procesal de D. Tomás, en su condición de legatario, se fundamenta, a modo de síntesis comprensiva de las alegaciones formuladas en el escrito de interposición, en los siguientes motivos:

  1. ) Infracción de los artículos 281 y 282 de la LEC, por denegación de la prueba testifical. 2º) Infracción de las...

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