SAP Santa Cruz de Tenerife 234/2008, 19 de Mayo de 2008

PonenteEUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS
ECLIES:APTF:2008:1281
Número de Recurso80/2008
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución234/2008
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª

SENTENCIA Nº. 234 / 2008

Rollo nº 80/08

Autos nº 351/07

Juzgado de Primera Instancia Num. Cuatro de Arona

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

Don José Ramón Navarro Miranda

MAGISTRADOS

Don Eugenio Santiago Dobarro Ramos

Don Modesto Blanco Fernández del Viso

-----------------------------------------------------------------En Santa Cruz de Tenerife, a diecinueve de mayo de dos mil ocho

Visto, por la Sección Primera de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO CUATRO DE ARONA, juicio de

liquidación de gananciales, seguido a instancia de DON Eusebio, representado por el Procurador DOÑA SOFIA

HERNANDEZ MORERA, y dirigido por el Abogado DON GERARDO PEREZ SANCHEZ, y como demandada DOÑA Filomena, representada por el Procurador DOÑA PILAR FERNANDEZ DE MISA, y dirigida por el Abogado DON

SANTIAGO SAENZ PINTO, ha pronunciado EN NOMBRE DE S. M. EL REY, la presente resolución siendo Ponente el Ilmo. Sr.

Magistrado DON Eugenio Santiago Dobarro Ramos, con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el procedimiento indicado, por la ILMA. SRA. JUEZ DOÑA ANA MARIA GALLEGO SANCHEZ, se dictó sentencia el día dos octubre de dos mil siete, con los siguientes pronunciamientos a efectos del recurso,

FALLO

" APRUEBO EL SIGUIENTE INVENTARIO Y VALORACIÓN DE BIENES : INVENTARIO DEL ACTIVO Y PASIVO DE LA SOCIEDAD:

-Procede fijar el inventario de los bienes de la sociedad de gananciales remitiéndonos al aportado por la actora en el escrito de 25 de enero de 2007, con los acuerdos alcanzados según Acta de 27 de abril de 2007, con las declaraciones que se derivan de esta resolución.

- No ha lugar a incluir en la partida del activo:

Respecto de los inmuebles:

Bien inmueble nº 5 de la Propuesta de inventario

Respecto de los bienes muebles:

Si bien la demandada pretende la inclusión en el inventario de la Licencia de Autotaxi, la actora discrepa.

-No ha lugar a incluir en el pasivo:

La deuda con el BSCH objeto de ETJ 685/06 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de la Orotava. La póliza nº NUM000

Se imponen las costas del presente incidente a DON Eusebio

(...)

Asi por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Por Auto de 27 de noviembre de 2007 se aclaró la anterior sentencia en el sentido de: "Donde consta . En realidad ha de decir ".

SEGUNDO

Así, notificada la anterior resolución por la parte actora, se formula recurso de apelación, evacuándose el correspondiente traslado por la otra parte, oponiéndose, y cumplidos los trámites, se remitieron seguidamente las actuaciones a esta Sección, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, habiéndose personado en tiempo y forma la parte apelante DON Eusebio, representado por el Procurador DOÑA SOFIA HERNANDEZ MORERA, y la apelada demandada DOÑA Filomena, representada por el Procurador DOÑA PILAR FERNANDEZ DE. Se señaló para votación y fallo el día 13 de mayo de dos mil ocho. Siendo ponente el...

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