AAP Madrid 98/2008, 28 de Abril de 2008

PonenteJESUS CELESTINO RUEDA LOPEZ
ECLIES:APM:2008:5167A
Número de Recurso220/2008
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución98/2008
Fecha de Resolución28 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18

MADRID

AUTO: 00098/2008

Rollo: RECURSO DE APELACION 220 /2008

Proc. Origen: DECLARACION DE FALLECIMIENTO 1066 /2006

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 78 de MADRID

Ponente: ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ

APELANTE: Rosario

Procurador: ANA DELIA VILLALONGA VICENS

APELADO:

Procurador:

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ

ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ

ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ

En MADRID, a veintiocho de abril de dos mil ocho.

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre declaración de fallecimiento, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 78 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante DOÑA Rosario representada por la Procuradora Sra. Villalonga Vicens y siendo parte el MINISTERIO FISCAL, seguidos por el trámite de jurisdicción voluntaria.

Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON JESÚS RUEDA LÓPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 78 de Madrid, en fecha 3 de octubre de 2007, se dictó auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "PARTE DISPOSITIVA: NO HA LUGAR a la declaración de fallecimiento de D. Luis Francisco, instada por la Procuradora Sr. Delia Villonga Vinces, en nombre y representación de Doña Rosario, por no quedar suficientemente acreditada el nacimiento, identidad y existencia del mismo".

SEGUNDO

Por la parte demandante se interpuso recurso de apelación contra el meritado auto, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 24 de abril de 2008.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Iniciado en su día por la parte actora expediente de jurisdicción voluntaria instando la declaración de fallecimiento de D. Luis Francisco en base a los hechos que constan en el escrito iniciador del expediente, practicadas las pruebas que se estimaron pertinentes, publicados los anuncios y requerimientos previstos en el artº. 2042 LEC de 1881 vigente a los efectos e informado favorablemente por el Ministerio Fiscal, fue dictado auto en la instancia pro el que se desestimaba la solicitud formulada, interponiéndose por la demandante el recurso que es ahora objeto de consideración por esta Sala que ha venido a fundamentarse en la, a su juicio, errónea valoración de la prueba efectuada por el Juzgador de instancia.

SEGUNDO

Planteada en tales términos la cuestión en esta alzada, el auto recurrido deniega la solicitud...

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