AAP Tarragona 120/2008, 2 de Julio de 2008

PonenteMANUEL GALAN SANCHEZ
ECLIES:APT:2008:848A
Número de Recurso133/2008
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución120/2008
Fecha de Resolución 2 de Julio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE TARRAGONA

SECCION TERCERA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 133 / 2008.

MEDIDAS CAUTELARES Nº 1247/07

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 6 - REUS A U T O nº

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE

Dª. Mª ANGELES GARCÍA MEDINA

MAGISTRADOS

D. JOAN PERARNAU MOYA

D. MANUEL GALAN SANCHEZ

Tarragona, a 2 de julio de 2.008.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, integrada por los Iltmos. Sres. anotados al margen, ha VISTO el presente

recurso de apelación interpuesto por D. Ignacio y DÑA. María Rosario representados en esta instancia por el Procurador Sr. Garrido Mata y asistidos por el Letrado Sr. Prat Altarriba, contra el Auto de fecha 26 de noviembre

de 2.007 dictado por el Juzgado de Primera Instancia núm. 6 de Reus en el procedimiento de medidas cautelares previas nº

1247/07, en el que figura como demandantes los apelantes, y como demandados D. Pedro Antonio y DÑA. María Consuelo representados por la Procuradora Sra. Martínez Bastida y defendidos por el Letrado Sr. Jara Trilla.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Auto apelado contiene la siguiente parte dispositiva: "ACUERDO: Se deniega la adopción de la medida cautelar solicitada por el procurador Sra. Tous, en nombre y representación de D. Ignacio y Dª. María Rosario frente a los demandados Dª. María Consuelo y

D. Pedro Antonio, con condena en las costas causadas en el incidente a la parte actora".

SEGUNDO

Contra el mencionado Auto se interpuso recurso de apelación por la representación

procesal de D. Ignacio y DÑA. María Rosario en base a las alegaciones contenidas en su escrito de interposición.

TERCERO

Dado traslado a la adversa, por la representación procesal de ésta se presentó escrito oponiéndose al recurso.

CUARTO

En la tramitación de la presente instancia se han observado las normas legales de pertinente aplicación.

VISTO y siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado MANUEL GALAN SANCHEZ,

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se interpone recurso de apelación por la representación procesal de D. Ignacio y DÑA. María Rosario, impugnando los pronunciamientos de la resolución recurrida por los que se deniega la medida cautelar de anotación preventiva de demanda solicitada.

Con carácter previo debe la Sala hacer referencia al absoluto incumplimiento por parte del solicitante de la medida cautelar de lo dispuesto en el artículo 732 de la L.E.C., apartado 2º, que establece que "Se acompañarán a la solicitud los documentos que la apoyen o se ofrecerá la práctica de otros medios para el acreditamiento de los presupuestos que autorizan la adopción de medidas cautelares ....... Para el actor

precluirá la posibilidad de proponer prueba con la solicitud de las medidas cautelares", dado que en su escrito ninguna prueba se propone, lo que necesariamente implicaba que el...

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