SAP Madrid 22/2004, 18 de Enero de 2004

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Madrid, seccion 25 (civil)
Fecha18 Enero 2004
Número de resolución22/2004

JOSE MARIA GUGLIERI VAZQUEZFRANCISCO RAMON MOYA HURTADO DE MENDOZACARLOS LOPEZ-MUÑIZ CRIADO

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25

MADRID

SENTENCIA: 00022/2005

Fecha: 18/01/2005

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 834/2003

Ponente: ILMO. SR. D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ

Apelante: DIRECCION000 DE

MADRID

PROCURADOR: Dª. HELENA FERNÁNDEZ CASTÁN

Apelados: PLUS ULTRA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, D. Carlos Manuel y D. Alfredo

PROCURADOR: D. ANTONIO DEL CASTILLO OLIVARES CEBRIÁN, SIN DESIGNAR

Autos: JUICIO VERBAL N. 457/2002

Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 21 DE MADRID

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FRANCISCO MOYA HURTADO

D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ

D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO

En MADRID, a dieciocho de enero de dos mil cinco.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 475/2002, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 21 de MADRID , a los que ha correspondido el Rollo 834/2003, en los que aparece como parte apelante: DIRECCION000 DE MADRID representada por la procuradora Dª. HELENA FERNÁNDEZ CASTÁN, y como apelados: D. Carlos Manuel, Alfredo, PLUS ULTRA COMPAÑÍA ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS representada por el procurador D. ANTONIO DEL CASTILLO- OLIVARES CEBRIÁN, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que los autos originales núm. 475/02, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 21 de los de Madrid, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid , de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

SEGUNDO

Que por el Ilmo. Sr. D. Antoni Frigola i Riera, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 21 de Madrid, se dictó sentencia con fecha 9 de Octubre de 2002 , cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.- "Estimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D. Antonio del Castillo Olivares Cebrián actuando en nombre y representación de Plus Ultra, S.A., de seguros y Reaseguros contra la DIRECCION000 de esta ciudad condeno a ésta a que indemnice a la parte actora en la cantidad de 584 ¤ más los intereses legales devengados por tal cantidad desde la representación de la demanda hasta su completo pago.

Las costas se imponen a la parte demandada."

TERCERO

Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandada, la Procuradora Sra. Fernández Castán, dándole traslado del mismo a la parte demandante, presentaando en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado Plus Ultra, a través de su representación procesal el procurado Sr., del Castillo Olivares cebrián; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 13 de Enero del año en curso.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La DIRECCION000 de Madrid, interpone recurso de apelación contra la sentencia de 9 de Octubre de 2002 del Juzgado de 1ª. Instancia nº 21 de esta Capital , que le condena a pagar 584 ¤ a Plus Ultra, S.A. Alega la apelante en su primer motivo, infracción del art. 14 de la LEC , por incumplimiento del trámite y plazos legales respecto de su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Alicante 305/2012, 17 de Mayo de 2012
    • España
    • 17 Mayo 2012
    ...que se ejecutarían en el acuerdo al que llegaron las partes. Al respecto, como nos recuerda, entre otras, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 18 de enero de 2004, la jurisprudencia distingue entre las obras necesarias de conservación o reparación de obligada realización par......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR