SAP Castellón 160/2004, 8 de Junio de 2004

PonenteADELA BARDON MARTINEZ
ECLIES:APCS:2004:445
Número de Recurso74/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución160/2004
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLÓN

SECCIÓN TERCERA

Rollo de apelación civil número 74 de 2004

Juzgado de 1ª Instancia número 3 de Villarreal

Juicio Ordinario número 62 de 2002

SENTENCIA NÚM. 160 de 2004

Ilmos. Sres.:

Presidente:

Don JOSÉ MANUEL MARCO COS

Magistradas:

Doña ADELA BARDÓN MARTÍNEZ

Doña Mª VICTORIA PETIT LAVALL

En la Ciudad de Castellón, a ocho de junio de dos mil cuatro.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida con los Ilmos. Sres. referenciados al margen, ha visto el presente recurso de apelación, en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia dictada el día tres de diciembre de dos mil tres por el Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia número 3 de Villarreal en los autos de Juicio Ordinario seguidos en dicho Juzgado con el número 62 de 2002 .

Han sido partes en el recurso, como apelante, Catalana de Occidente, S.A., representada por la Procuradora Doña Pilar Ballester Ozcariz y defendida por el Letrado Don Vicente Balaguer Sancho, y como apelado, Don Rodolfo y Doña Gloria , representados por el Procurador Don Vicente Breva Sanchis y defendidos por el Letrado Don José R. Salas Molina.

Es Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. ADELA BARDÓN MARTÍNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El Fallo de la Sentencia apelada literalmente establece: "Que estimando parcialmente la demanda, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la entidad aseguradora CATALANA OCCIDENTE S.A a pagar a D. Rodolfo la cantidad de 7.661,9 Euros, y a DÑA. Gloria la cantidad de 7.480, 5 Euros, cantidades a las que deberán añadirse los correspondientes intereses, que con cargo a la entidad aseguradora demandada serán los previstos en el artículo 20.4º de la Ley de Contrato de Seguro a contar desde el día 3 de Noviembre de 1997 (fecha del accidente) hasta su completo pago, debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.-".

SEGUNDO.- Notificada dicha Sentencia a las partes, por la representación procesal de Catalana de Occidente, S.A., se interpuso recurso de apelación, en tiempo y forma, en escrito razonado, solicitando se dicte Sentencia estimando el recurso de apelación y su absolución al existir prescripción en su reclamación. De forma alternativa para el supuesto de no aceptarse la anterior petición, se establezca como límite de principal la cifra de 6.5222'70 euros a favor del Sr. Rodolfo y 6.664'88 euros a favor de la Sra. Gloria .

Se dio traslado a la parte contraria, que presentó escrito oponiéndose al recurso, solicitando la confirmación de la sentencia de instancia, condenando expresamente a la parte apelante a las costas de la segunda instancia. Se remitieron los autos a la Audiencia Provincial, correspondiendo su conocimiento a esta Sección Tercera, en virtud del reparto de asuntos.

Por Providencia de fecha 2 de abril de 2004 se formó el presente Rollo y se designó Magistrada Ponente, y por Providencia de fecha 26 de abril de 2004 se señaló para la deliberación y votación del recurso el día 2 de junio de 2004, llevándose a efecto lo acordado.

TERCERO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales de orden procesal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN los de la resolución recurrida y se resuelve el recurso conforme a los siguientes:

PRIMERO.- Se alza la aseguradora Catalana Occidente S.A. frente a la sentencia dictada en la instancia que estimó parcialmente la demanda y condenó a dicha compañía de seguros a abonar a Rodolfo la cantidad de 7.661'9 euros y a Gloria la cantidad de 7.480'5 euros, más intereses y sin hacer expresa imposición de costas de la instancia.

Alega para ello como base de su recurso en primer lugar la no admisión de la excepción de prescripción en la reclamación interpuesta por constituir prueba ilegal los documentos presentados interruptores de la prescripción, habiendo vulnerado en la obtención de esta prueba un derecho fundamental como es el derecho de defensa, lo que considera que produce una desigualdad de las...

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